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“Reconocer los medios comunitarios sería un paso importante para la democracia

El mecanismo de acceso a las frecuencias de por sí es discriminatorio. Sólo los grupos que tienen mucho dinero pueden y han podido licitar una frecuencia. Estamos hablando del derecho fundamental de toda la población para difundir y recibir información. Es lo que está en juego.
Lo comunitario debe quedar claramente regulado: es un espacio para comunidades donde haya apertura y diversidad de ideas, donde se pueda plantear lo político y lo religioso, pero no de forma exclusiva y con crítica.
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“Reconocer los medios comunitarios sería un paso importante para la democracia

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El Estado guatemalteco tiene la obligación de crear mecanismos —sobre todo legales— que garanticen el acceso a las frecuencias radioeléctricas a las comunidades rurales, más allá de lo que dicta el libre mercado, y a pesar de la oposición de los consorcios de las radioemisoras comerciales. Así lo señala Edison Lanza, Relator Especial sobre Libertad de Expresión de la OEA, quien agrega que para democratizar la comunicación, es importante que el acceso a las frecuencias no sea discriminatorio.

El espectro radioeléctrico de Guatemala no es para todos. Si bien las frecuencias son propiedad del Estado, son muy pocos los que históricamente han podido pagar por ellas mediante subastas y mediante concesiones poco transparentes. El libre mercado, el que ofrezca más dinero, es el que ha logrado “expandir su voz” a lo largo y ancho del territorio nacional. Es el único mecanismo que existe para que alguien pueda obtener una frecuencia radioeléctrica. En consecuencia, el cuadrante se mueve desde frecuencias muy bajas a ultra elevadas, que en general excluyen  otras voces, las no comerciales, que forman parte de la sociedad civil y los pueblos indígenas. Por ello, en diversas oportunidades, a lo largo de la última década, el Estado de Guatemala ha recibido llamadas de atención por parte de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la Organización de los Estados Americanos (OEA). “La libertad de expresión es un derecho fundamental y es necesaria la inclusión de otros actores para una sana democracia”, como indica el abogado y periodista uruguayo, Edison Lanza, Relator Especial para la Libertad de Expresión de la OEA en esta entrevista. “La comunicación no debe ser exclusivamente configurada por el mercado”, agrega.

El panorama actual de la radiodifusión en Guatemala podría adaptarse a los requerimientos internacionales si en el Congreso de la República se aprueba la Iniciativa de Ley 4087. Una ley que por primera vez reconocería la existencia de los medios de comunicación comunitarios, sus dinámicas, sus frecuencias, funcionamiento y sus límites legales. Una iniciativa que ha marcado, no obstante, la oposición mediática de los sectores comerciales aglutinados en la Cámara de Radiodifusión Guatemalteca, alegando “inconstitucionalidad”, “corrupción”, y “la creación de un concejo que sería una nueva carga tributaria para los guatemaltecos”, y criminalizando los intentos locales por comunicarse e informar.

Lanza explica que no es posible, a estas alturas, un pensamiento de exclusión para la libertad de Expresión en Guatemala. “Es aquí donde más se justifica la diversidad de voces para una democracia inclusiva”, señala. El relator habló con Plaza Pública el pasado fin de semana, en el marco de una visita privada, no oficial, que realizó a Guatemala, durante la cual se reunió con representantes de las organizaciones civiles que promueven la Ley de Medios de Comunicación Comunitaria, cuya aprobación se encuentra detenida en el Congreso debido al rechazo que ésta ha generado entre los consorcios de radioemisoras comerciales.

¿Por qué es importante el reconocimiento de los medios de comunicación comunitarios?

Desde la relatoría de la OEA se ha dicho que las radios comunitarias juegan un papel fundamental en materia de comunicación desde las organizaciones sociales y los pueblos indígenas en general. Se trata de un modo de expresión que permite la inclusión de distintas voces en el espectro radioeléctrico. En Guatemala, reconocer los medios comunitarios sería un paso importante para la democracia, ya que son sectores que han sido excluidos históricamente de todos los espacios de comunicación. Comunicar, fundar sus propios medios es parte de sus derechos. Pero vamos, la discusión central, es que el Estado tiene la administración de lo que sucede en el espectro radiofónico. La obligación consiste en que exista una pluralidad de actores, que haya diversidad de propuestas. Es importante y debe ser prioritario en materia de Derechos Humanos.

¿La vía legal como la aprobación de la iniciativa 4087 es la única forma de reconocimiento?

La experiencia de otros países ha planteado alternativas para acceso a los medios comunitarios. Ha habido mecanismos de reconocimiento, de otorgamiento de frecuencias como consecuencia de procesos de paz. Pero en Guatemala el problema de exclusión es estructural. Ante este panorama lo más correcto es que se regule mediante una ley para que adquiera sentido material y formal. Es importante que la ley establezca mecanismos objetivos para facilitar que los grupos excluidos históricamente puedan tener acceso a una frecuencia. El inconveniente –como lo que sucede en Guatemala– es cuando el único mecanismo de acceso al espectro radiofónico que se da por medio de subastas. El mecanismo de acceso a las frecuencias de por sí es discriminatorio. Sólo los grupos que tienen mucho dinero pueden y han podido licitar una frecuencia. Estamos hablando del derecho fundamental de toda la población para difundir y recibir información. Es lo que está en juego.

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El libre mercado ha configurado la libertad de expresión en muchos países de Latinoamérica.

Es consecuencia de momentos políticos e históricos. Algunos de los países adoptaron mecanismos que han sido inequitativos y han sido discriminatorios con buena parte de la población. Estos Estados se alejan demasiado del cumplimiento cabal de la Convención Americana de Derechos Humanos, de la Declaración Universal de Derechos Humanos, del pacto Universal de Derechos Civiles y Políticos. Estos convenios son la base para obligar a los Estados a que adapten su legislación en concordancia con las exigencias de libertad de expresión. Es parte de la inclusión como responsabilidad de los Estados. Pensar que no suceda en una sociedad tan diversa como la guatemalteca es algo que llama la atención. Obviamente se torna un tema complejo. No estoy diciendo que lo comunitario debe prevalecer sobre lo comercial. El sector comercial es importante para la radiodifusión, pero lo comunitario, en países como Guatemala, representa las posibilidades de que las comunidades se expresen directamente, como totalidad de sus derechos. No hay, sin embargo, que esperar que esta situación llegue a instancias como la Corte Interamericana de Derechos Humanos, donde ya hay jurisprudencia al respecto. Por lo tanto sería bueno para Guatemala que su legislación en materia de medios comunitarios cambiara en este momento en que la población exige prácticas políticas distintas a sus representantes. La inclusión debería ser parte de los cambios.

¿Por qué existe la resistencia comercial contra la inclusión legal de lo comunitario?

A pesar de estas resistencias, muchos países lo han conseguido. México, Brasil, Chile, Uruguay, incluso Honduras, Bolivia, Ecuador, Venezuela han creado mecanismos para el acceso de los medios comunitarios. Algunas leyes mejor que otras. La discusión fue una disputa larga, pero en su mayoría se ha optado por la vía legal para el reconocimiento. Se han dado cambios de mentalidad en lo comercial. Entonces es difícil entender que no exista lo mismo en un país como Guatemala donde estaría más que justificado el reconocimiento del sector comunitario en cuanto a libertad de expresión. Es algo que estamos recomendando en el informe sobre la situación de Derechos Humanos para Guatemala desde la CIDH.

¿Acaso vemos una lucha por el discurso que históricamente ha sido en defensa del status quo desde las radiofrecuencias en Guatemala?

No quiero adjudicar intencionalidad a nadie. Nuestro llamado es a la tolerancia y a la inclusión. América Latina ha transitado el camino de la exclusión, con la preminencia de unos grupos sobre otros. Y me parece que ese camino no conduce a tener democracias diversas como las que necesitamos. Todos tienen derecho a la libertad de expresión pero siendo responsables. Los que tienen funciones públicas, los representantes, los gobernantes, los que hacen periodismo, tienen una responsabilidad grande con su comunidad. El debate abierto, robusto, incluso ofensivo está permitido pero si no se hace desde las plataformas de comunicación. Hay que extremar la autorregulación sobre ello. Y claro, hay temores ante la posibilidad de que el gobierno, en nombre de la democratización, incurra en violaciones a la libertad de expresión. Pero hay ejemplos, en Europa y Canadá en América, que sirven para demostrar que los temores son infundados.

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Lo religioso y lo político podría ser un problema en cuanto al discurso dentro de lo comunitario.

Una de las disposiciones es que lo comunitario es para la comunidad, y no para el proselitismo ni lo religioso. Eso debe quedar claro dentro de la legalidad. Ni político ni religioso. Estos discursos tienen otros canales. Obviamente el artículo 2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos también protege la manifestaciones de discursos religiosos pero, vamos, no por ello debe haber una concesión directa de las frecuencias a las iglesias. Lo comunitario debe quedar claramente regulado: es un espacio para comunidades donde haya apertura y diversidad de ideas, donde se pueda plantear lo político y lo religioso, pero no de forma exclusiva y con crítica.

En tanto nada esté regulado hay desorden. Hay criminalización en contra de los medios comunitarios por parte del Estado.

La relatoría lo dice también. Ha sido un uso desproporcionado de la persecución penal en contra de quienes intentan hacer uso de la libertad de expresión mediante una frecuencia aun cuando no tienen autorización. Es el efecto a causa del impedimento estructural para acceder a una frecuencia. Generas desorden sin conciencia de lo que se produce. En sí, es una violación a la libertad de expresión: por un lado impedir que puedan obtener una frecuencia y por otro lado penalizarlos porque se expresan desde un medio comunitario. Por ello puede haber consecuencias para el Estado.

¿Las sanciones son parte de las opciones que quedan?

Tiene obligación de cumplir. No hay otro camino. Por ley, formal y material, cualquier Estado tiene que respetar los intereses legítimos de la convención: los derechos de los demás, la libertad de expresión, el orden público, la seguridad nacional. Pero debe haber proporcionalidad en cómo se hacen estas cosas. Un balance. La relatoría insiste e insta al Estado de Guatemala y al Poder Legislativo, en adoptar los más altos estándares en materia de radiodifusión para incluir a los medios comunitarios dentro de la legislación. La última recomendación de la CIDH para Guatemala promueve que lo hagan. Nuestro papel es observar que se respeten las libertades fundamentales.

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