La discusión sobre las reformas a la Ley Orgánica de la SAT ha generado un debate intenso sobre la independencia de esa institución. Desde el punto de vista jurídico, el debate debería darse por zanjado, ya que los artículos 154, 183 literal «q» y 193 de la Constitución, así como la literal «i» del artículo 35 de la Ley del Organismo Ejecutivo, dicen que la administración tributaria es una función del presidente delegada en el ministro de Finanzas Públicas. Es decir, la Constitución y las leyes ya dicen que la SAT no puede ser independiente del Ejecutivo.
Sin embargo, al margen de lo que dice nuestro marco jurídico, no se puede pasar por alto que la ciudadanía está muy enojada con el Gobierno. Con los escándalos de corrupción de Pérez Molina, Baldetti y toda su pandilla, por supuesto que es comprensible el deseo de evitar que esos desmanes vuelvan a ocurrir. Y una forma sería evitar que funcionarios corruptos vuelvan a echar mano de instituciones como la SAT.
Supongamos entonces que, siguiendo esta aspiración ciudadana, modificáramos la Constitución y las leyes para que la SAT fuera independiente del Ejecutivo. Es en este esquema como, por ejemplo, la máxima autoridad de la SAT podría ser un directorio independiente del Ejecutivo. Pero, si no es el presidente el que tiene el poder de nombrar o remover a ese directorio, ¿quién lo tendría?
Podría seguirse el procedimiento que la Constitución establece para los casos de la Corte Suprema de Justicia, la Corte de Apelaciones, la Contraloría General de Cuentas y el Ministerio Público: el Congreso o el presidente es el que elige a partir de propuestas elaboradas por comisiones de postulación. En el caso del Banco de Guatemala y de la Procuraduría General de la Nación, quien nombra es el presidente. Pero, en estos casos, ¿las comisiones de postulación han demostrado independencia y estar libres de politización? ¿Acaso los colegios profesionales, las entidades académicas y demás instancias que las integran no han sido el blanco preferido de la politización espuria y del tráfico de influencias?
¿Qué es más politizado: el nombramiento de un funcionario por parte del presidente o la integración y la acción de las comisiones de postulación? Pero además, si no elige el presidente, entonces elige el Congreso, ese sí el ente político por excelencia. Entonces, si con la intención de despolitizar entidades como la SAT la independizamos del Ejecutivo, de forma obligada caeríamos en las comisiones de postulación y en elección por parte del Congreso. ¿Despolitización? ¿No será que, al exigir independencia de la SAT, en realidad se pretende debilitar el poder tributario del Estado?
Por eso, cuando se reclama independencia y despolitización, hay que entender de qué se está hablando en realidad. La Constitución y las leyes dicen que la SAT no puede ser independiente del Ejecutivo. Si quisiésemos cambiar esto, de todas formas sería el presidente o el Congreso quien elegiría y de igual manera se pasaría por el tráfico de influencias que ha podrido a las comisiones de postulación.
Otra opción es que reflexionemos en que cada cuatro años elegimos un gobierno para algo que debiese ser gobernar. Esto nos lleva de vuelta al problema de la Ley Electoral y de Partidos Políticos. En realidad, ¿cuál es problema que queremos resolver: independizar instituciones debilitando a un gobierno que tememos que pueda corromperse o cómo elegimos a los gobiernos?
Es decir, si el sistema electoral nos permitiera elegir bien, no habría problema en que el Gobierno tuviera el poder para gobernar, tal como dice la Constitución.
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