Uno de ellos es el que la abogada maya Lucía Inés Xiloj Cuin planteó en un evento organizado por Abogados sin Fronteras, el cual comparto en el sentido de que la consulta comunitaria propia de los pueblos no es igual a la consulta que señala el Convenio 169. Por lo menos no totalmente.
Otro es el que señalan los manuales del convenio, al respecto de lo cual escribe Molina Calderón: «Los pueblos indígenas deben ser consultados a través de sus instituciones representativas. La representatividad puede ser a nivel nacional, regional o comunitario. Puede ser parte de una red nacional o puede representar a una única comunidad (lingüística, por ejemplo). La representatividad se determina a través de un proceso de los mismos pueblos indígenas. Se debe identificar claramente a sus miembros y su responsabilidad hacia esos miembros. Lo importante es que estas (las instituciones) sean el fruto de un proceso propio, interno de los pueblos indígenas. La representatividad, para efectos de lo señalado en el convenio, debe ir más allá de las instituciones tradicionales. El manual recalca que, si las instituciones consultadas no son consideradas como representativas de los pueblos que dicen representar, la consulta puede carecer de legitimidad».
Independientes de otros elementos interpretativos, los dos señalados plantean sendos retos a los pueblos indígenas, a líderes, a organizaciones, a las autoridades y a la academia. En el caso de la consulta comunitaria, esta se encuentra enraizada en la cosmovisión y práctica de los pueblos durante milenios (mucho antes del surgimiento del Estado) y actualmente es de aplicación generalizada en la mayoría de las comunidades indígenas para discutir, consensuar y tomar decisiones sobre la vida plena e integral de la comunidad, de respeto absoluto y con la más alta legitimidad, sin que ello implique que el Estado deba reconocerlas. Se ejercen en el marco de la autodeterminación de los pueblos, y el Estado debe respetarlas, no legalizarlas.
Sin embargo, en la consulta del convenio, el derecho internacional asumido por el Estado obliga a este a consultar para el ejercicio de sus competencias legales en toda actuación cuando pretenda medidas administrativas y legislativas que se vinculen a los pueblos y a sus territorios. Es del Estado a los pueblos la obligación. Es ineludible la consulta del convenio y su reglamentación. Pero también, y esto va para la Comisión de Asuntos Indígenas del Congreso, es obligación constitucional consultar a los pueblos acerca de la pretendida reglamentación.
¿Cómo conciliar la autodeterminación con la obligación del Estado? ¿Se podrá o se tendrá que hacer? ¿Hay algún espacio de intersección entre ambas modalidades de consultas? He allí el problema.
En cuanto a las instituciones representativas, el problema no es menor. Muchas prácticas de representación son solamente procesos de intermediación. Explico. El colonialismo instituyó al intermediario para mediatizar relaciones equitativas entre el Estado y los pueblos indígenas en los ámbitos políticos, económicos, sociales y culturales, para invisibilizarlos y desmovilizarlos políticamente. La autorrepresentación es la práctica común de muchos y muchas. Recientemente, ante las pretendidas reformas políticas, los acontecimientos del 2015, la elección del fiscal general del Ministerio Público y otros eventos disruptivos, han proliferado organizaciones, colectivos, consejos, asambleas y recientemente la Alianza de Autoridades Indígenas Mayas, Xincas y Garífunas, la cual, a la par de la Iglesia, del Cacif, del G4, de los partidos políticos, del PDH, y en los foros internacionales, dicen ser representantes de los pueblos indígenas y hablar por ellos. Y esto lo dudo y cuestiono. No el derecho de autonombrarse, sino los resultados de confusión, manipulación, atomización e ilegitimidad que se derivan de eso e inciden determinantemente en la actitud del Estado, de la Corte de Constitucionalidad, del Congreso y del sector económico hegemónico ante las luchas y las demandas de los pueblos por territorio, dignidad, servicios y justicia, que, con representantes o sin ellos, se han plantado frontalmente contra el colonialismo durante 500 años.
Dilucidar la diferencia de las consultas, hacerlas vinculantes y trabajar por la representatividad es el planteamiento, aparte de otras ideas y argumentos que durante seis entregas he querido aportar. No porque tenga la verdad o la explicación total de la realidad. Al contrario, porque todos debemos aportar a ello para descolonizar pensamientos y prácticas.
Más de este autor