Tampoco resultó novedad la absolución de otro sindicado, Alejandro Giammattei Falla, a quien era cuesta arriba condenar por el delito de asociación ilícita si el de ejecución extrajudicial (para el cual se produjo la asociación) le había sido retirado por la anterior Corte de Constitucionalidad (CC).
De esa cuenta, en menos de 24 horas, dos tribunales reiteraron ante la sociedad que buena parte del Organismo Judicial (OJ), responsable de la impartición de justicia, todavía padece de queratosis. Esa enfermedad que endurece la piel hasta producir costra y que como afección en el OJ nos mantiene con jueces cuyo cuero resulta más impenetrable que el de la danta.
Solo así se explica que la jueza que tuvo a la vista las fotografías de la intervención de Giammattei junto a Carlos Vielman, Erwin Sperisen y Javier Figueroa en septiembre de 2007 en la prisión de Pavón, haya sostenido contumazmente que no se había probado que el ahora absuelto hubiera estado en el lugar. La prueba gráfica ubica a Giammattei en el lugar, armado (una fotografía lo muestra portando una pistola en una cartuchera enganchada a la camisa), al momento de ingresar en la madrugada. La secuencia lo presenta en los distintos momentos que captó la serie fotográfica, obtenida de la declaración de un testigo protegido. La resolución que libera a Giammattei de una responsabilidad claramente señalada y documentada, pone en tela de duda la capacidad de la jueza primera de Alto Riesgo, Carol Patricia Flores.
De igual forma, es obcecada la argumentación judicial que absuelve a Portillo y que sostiene la inadmisibilidad de la declaración de un testigo protegido al calificarlo de falso y mentiroso, pero sin aportar elementos que sostengan dicha afirmación. En este caso, una de las juzgadoras del Tribunal Undécimo de Sentencia, Patricia Veraz, tendría otro elemento que cuestionaría su ideoneidad profesional. El esposo de Veraz, según se demostró, litiga junto con el defensor de Portillo, Telésforo Guerra, por lo cual estaba vinculada con una de las partes procesales. Lo ético y profesional ordenaba que esta jueza se abstuviera de seguir conociendo el caso en el momento en que el socio de su marido apareció como defensor del sindicado.
Pero este tribunal no ha tenido solo este desliz procesal. El año anterior, tuvo la desfachatez de otorgarle una sentencia mínima a Abelino Méndez, cuya responsabilidad en la violación a 14 mujeres estaba claramente demostrada. En otro caso por asesinato, el tribunal eliminó la agravante de saña (la víctima recibió 23 balazos), con el argumento de que el asesino no se ensañó con la víctima, sino que le evitó sufrimiento al asegurarse que muriera pronto.
De manera que las resoluciones ahora señaladas y cuestionadas no surgen por generación espontánea y no se producen solamente en estos casos, sino que son casi la norma, la cotidianidad en las cortes que se han convertido no en tribunales de justicia sino en tribunas de impunidad. Así, los esfuerzos de la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala (Cicig) y el Ministerio Público (MP) se ven huérfanos cuando la parte complementaria del proceso de aplicación de justicia se solaza con el callo que ha formado acumulando desvergüenza.
Como sociedad, hastiada de la muerte violenta y la impunidad que le acompaña necesitamos un sistema de justicia que funcione con eficiencia y calidad profesional, misma que requiere de un alto nivel de ética y responsabilidad en su actuar. Por lo tanto, a las acciones procesales que emprendan el MP y la Cicig para enfrentar estas declaraciones de impunidad, debe acompañarle un movimiento desde la sala penal del OJ que inicie un proceso de depuración profunda del sistema.
A estas alturas de la impunidad, es insostenible que la Corte Suprema de Justicia tolere y apañe la presencia de jueces y juezas contumaces, comprometidos con la impunidad y el crimen.
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