El mascarón de proa de semejante práctica lo tienen estampado los abogados de los sindicados -y sentenciados en primera instancia-, en el proceso por genocidio en el área ixil. Dichos abogados, incapaces de construir una estrategia de defensa profesional, ética, responsable para con sus representados, optaron por el fraude.
Con sus acciones, buscaron quebrantar el debido proceso y lo hicieron a costa de los derechos de sus clientes. Francisco García Gudiel, contratado para representar a José Efraín Ríos Montt -ex jefe de Estado sindicado por actos de genocidio-, en sustitución de Danilo Rodríguez, arrancó su estrellato peleándose con la presidenta del Tribunal, Jazmín Barrios y exigiendo a la misma, que se recusara porque él -García Gudiel-, tenía conflicto con ella. Poco se interesó el abogado en investigar la ley que regula su profesión, según la cual quien estaba obligado a inhibirse era él y no la togada. Mientras, los otros abogados dirigidos por Rodríguez, prácticamente se escondieron de las autoridades a fin de no estar disponibles para garantizar la defensa de su cliente.
Posteriormente, en un acto semi circense, tanto García Gudiel como César Calderón -abogado del jefe de inteligencia del gobierno de Ríos Montt, José Mauricio Rodríguez Sánchez y, abogado también de empresas extractivas-, abandonaron la sala de vistas y dejaron a sus clientes sin defensa, a pesar de que con toda certeza cobraran por sus servicios. No aparece en ningún manual de ética ni en guía procesal alguna, la explicación ética sobre lo que significa cobrar por defender a alguien y ejercer la defensa abandonando al representado.
Ese “aporte” al ejercicio fraudulento del litigio, tampoco les corresponde a dichos abogados. Ejercer defensa, abandonando la misma, es una marca de ejercicio profesional correspondiente a bufetes que, como los aquí mencionados, representan a presuntos delincuentes procesados por delitos de alto impacto, ya sea por violaciones gravísimas a derechos humanos o por estar vinculados a estructuras de crimen organizado transnacional.
De allí que no resulta novedoso sino más bien, preocupante, que Juan Fernando Martínez Rivera, abogado defensor de Roberto Barreda de León, sindicado en el caso por la desaparición y femicidio de Cristina Siekavizza, renunciara al momento de la primera audiencia de declaración de su representado. Es decir, cuando el reo debía presentarse ante el juez, el abogado “defensor” decide renunciar y, por lo tanto, arriesgar el debido proceso. Esa circunstancia obliga a suspender la audiencia, darle tiempo al sindicado para que busque defensor de su confianza y, esperar a que lo haga o, en última instancia, designar un defensor de oficio.
Como mínimo, con la maniobra realizada por la defensa, se debe esperar los tres días hábiles, que culminan el lunes 18, para saber si Barreda consiguió abogado. El martes 19, entonces, deberá estar ante el juez y, si allí alega no tener abogado, el tribunal tendrá que ordenar la designación de un defensor de oficio. Habrá que esperar a que el Instituto de la Defensa Pública Penal nombre defensor de oficio a quien, por ley y lógica procesal, el juzgado deberá darle tiempo para familiarizarse con el caso y definir una estrategia de defensa.
Si nos atenemos a lo sucedido en el caso por genocidio, puede suceder que el defensor de oficio -por razones no declaradas-, se apegue a la estrategia de la defensa comercial y ya en la audiencia decida renunciar porque el defendido ha encontrado nuevo defensor. Así, podrán intentar seguir jugando al ratón y al gato, practicando un ejercicio profesional fraudulento en busca de lo que, al igual que los genocidas, Roberto Barreda ha tenido, impunidad a granel y un sistema plegado a los juegos del cinismo de quienes le defienden.
Son casos distintos, son procesados distintos, pero con prácticas procesales de defensa similar porque en el fondo, han sido creadores o ejecutores del sistema de impunidad que tanto daño ha hecho a la consolidación democrática. Tiempo es ya de que estos profesionales sean claramente señalados por su práctica fraudulenta, antiética y pasen a formar parte de las listas de indeseables en los procesos de postulación para conducir el sistema de justicia.
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