El esposo de la víctima, Luis Carlos Porras, sigue hospitalizado y nada borrará las cicatrices físicas y psicológicas de este trauma. Varias familias que habitan en el condominio siguen aterrorizadas.
Resultó de impacto negativo leer en Prensa Libre la entrevista al director general de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas (MEM). No convence ni genera confianza el intento de minimizar la gravedad del caso, tampoco las contradicciones que revela dicha entrevista.
Parece una frivolidad descorazonada llamar al asunto una «desatención administrativa». ¿Hablamos en serio?
Según otra nota de prensa, la Conred debe aprobar el diseño y verificar el cumplimiento de las normas de prevención de desastres para esos sistemas (pero no se le solicitó). Por su parte, la Municipalidad debe requerir el dictamen de la Conred como requisito para aprobar la licencia de construcción. Obviamente, tal licencia fue otorgada sin que se hubiera cumplido con el dictamen previo. A todo esto, a los ciudadanos comunes puede llevarles años que la Municipalidad de Guatemala les apruebe una licencia de construcción. ¿Cuánto tiempo de trámite habrá llevado esta autorización tan compleja?
La famosa desatención administrativa consistió en no pedir una licencia en el MEM. ¿Debía la Municipalidad asegurar que el expediente también incluyera el dictamen de la Conred?
Por otra parte, según el entrevistado, el proyecto tiene un tanque de 500 galones de gas, mientras que los vecinos afirman que son dos tanques. ¿De cuántos tanques se trata en realidad y qué cambia esta corrección?
Luego se dice que, por ser de un solo tanque, de las dos licencias existentes (una para diseño y otra para operación), el condominio necesita solamente la segunda. Pero más adelante el funcionario dice: «Ya nos demostraron que sí tienen planos y ya empezaron inmediatamente a tramitar su licencia, la cual por supuesto que vamos a ser muy estrictos en la revisión del diseño e instalaciones antes de otorgarla [sic]». Entonces, ¿se necesita autorización de diseño o no?
Dice el MEM que saber el nombre de la empresa que realizó las instalaciones le trae tranquilidad. Díganselo a las víctimas. La tranquilidad debe venir del cumplimiento de las leyes y los reglamentos que se aplican al caso para no llegar adonde estamos.
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En las noticias se admite que la administración del condominio negó el ingreso a las autoridades del MEM, pero no a los investigadores de la aseguradora. ¿Existe aquí una obstrucción a las funciones de entidades de gobierno?
Por su parte, el Ministerio Público contribuye a ensombrecer más el tema. Según otra nota de prensa, «de acuerdo con las primeras averiguaciones de la Fiscalía, no se siguió el protocolo de denuncia adecuado, ya que los socorristas que acudieron al lugar de la explosión debieron alertar a la Policía Nacional Civil y al MP sobre el incidente y, en especial, a las personas lesionadas, quienes fueron trasladadas por particulares a un hospital privado del sector, que tampoco alertó a las autoridades». ¿Qué significa esto en cuanto a investigación y determinación de responsabilidades por el accidente?
Hace fruncir el ceño la edición escrita de Soy 502 del 4 de marzo. En la página 3 aparece una comunicación de la administración del condominio que afirma que la instalación del gas la hizo «una empresa líder en la región y con mucha experiencia». No hay análisis, no hay preguntas, no hay trabajo periodístico y pareciera más un infomercial. El diario está en su derecho de limitarse a resumir el comunicado, pero creo que el caso amerita más que eso.
Con lo visto parece que aquí hubo una cadena de violaciones de los protocolos establecidos, pero entre yo no fui y fue Teté pasarán años de tirarse la pelota desganadamente.
Es legítimo preguntarse si a los ciudadanos comunes se les habría permitido esa cadena de errores y si los funcionarios públicos no estarán minimizando la situación. ¿Se trata acaso de un tema de justicia selectiva, algo que denuncian con tanto ahínco y pasión los gobernantes de turno y las cámaras empresariales?
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