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Pzp Spaces: ¿El voto nulo puede poner a prueba al sistema?

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Pzp Spaces: ¿El voto nulo puede poner a prueba al sistema?

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Asistir a las urnas y anular el voto es una manera de «protesta» y constituye un mecanismo para que la ciudadanía empadronada manifieste su «rechazo, hartazgo e insatisfacción» hacia la clase política y la oferta electoral permitida por el sistema, esto es parte de las conclusiones que se discutieron en el más reciente Twitter Space organizado por Plaza Pública.

En el espacio en Twitter del 8 de junio, en Plaza Pública explicamos qué es y qué no es un voto nulo, cómo se debe marcar en la papeleta si el interés del votante es anular el sufragio; así como su diferencia con el voto en blanco y con el abstencionismo. También discutimos junto a la politóloga Fátima Alfaro y el abogado Miguel Balsells, sobre mucha información que gira alrededor del voto nulo.

Si los votos nulos son más de la mitad del total de votos «válidamente emitidos», el Tribunal Supremo Electoral (TSE) deberá declarar la nulidad de las elecciones y ordenar su repetición por única vez, según el artículo 203 Bis de la Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP).

De llegar a alcanzar la mayoría absoluta el voto nulo, cualquiera de las cinco elecciones se puede repetir. Estas son: presidencial, corporaciones municipales, así como diputados por Lista Nacional, distritales y al Parlamento Centroamericano (Parlacen).

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En la segunda vuelta presidencial, los votos nulos ya no tienen validez para repetir esa elección. La LEPP establece que la ganadora del balotaje será la planilla que obtenga, al menos, la mitad más uno de los votos válidos, estos últimos son los sufragios que reciben a su favor cada partido político (sin contar los nulos ni los en blanco).

En esta nota sobre el voto nulo, explicamos las diferencias entre votos nulos, votos en blanco, votos válidos y votos válidamente emitidos. También se incluyen cinco respuestas sobre este tipo de sufragio y sobre su poca probabilidad para que alcance la mayoría necesaria para la repetición de alguna elección.

Durante la discusión sobre el voto nulo, tanto Fátima Alfaro como Miguel Balsells hablaron sobre los candidatos que pueden postularse tras una repetición de las votaciones.

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La Ley Electoral únicamente indica que, en la repetición se deben realizar asambleas y postular candidatos. Sin embargo, Alfaro considera que la nueva elección es probable que se realice con los mismos candidatos que en la elección anulada. No obstante, eso no está claro en la LEPP y el TSE se ha resistido a informar con precisión al respecto.

Alfaro también consideró que el voto nulo «beneficia» a los candidatos que encabezan las encuestas electorales porque al anular el sufragio, los votantes dejan de hacerlo a favor de otros aspirantes en contienda.

Mientras que Balsells aseguró que los partidos «grandes» ya tienen asegurados esos votos por las redes clientelares con las que estos cuentan que les aseguran un importante caudal de votos, y asegura que el voto nulo puede obtener la mayoría absoluta si los simpatizantes de los tres candidatos excluidos anulan su sufragio; a estos se les debe sumar que, quienes históricamente se abstienen de ir a votar, el día de las votaciones decidan salir a votar nulo.

Todos los jueves Plaza Pública presenta un Twitter Spaces sobre la cobertura Radar Electoral dirigida a profundizar en el proceso de elección de las próximas autoridades. Los invitamos a conectarse, comentar y preguntar a nuestros invitados.

Escucha la conversación completa en el siguiente enlace:

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