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Un “fraude de competencias” para salvar al Partido Patriota

“Se dieron cuenta de que el error era doble porque allí dejaban sin efecto una resolución nuestra y por eso recibimos la rectificación con la orden al Registro”, explica el magistrado Aguilar.
El impacto que tuvo en medios de comunicación y la afluencia masiva de personas le dificulta al oficialismo decir que la actividad no se realizó, que Sinibaldi no fue proclamado como candidato, y que la vicepresidenta Roxana Baldetti no hizo proselitismo partidario en el evento.
La propaganda del Partido Patriota fue colocada a alrededor del Parque Central.
Roxana Baldetti presentó a Alejandro Sinibaldi como el precandidato del PP el 21 de septiembre.
Roxana Baldetti, Secretaria del Partido Patriota, en un inicio fue suspendida del cargo.
Un grupo de manifestantes demandó frente al Tribunal Supremo Electoral la cancelación del PP.
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Un “fraude de competencias” para salvar al Partido Patriota

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¿Puede una Sala de Apelaciones revocar una decisión del Tribunal Supremo Electoral? La interpretación que hace el Partido Patriota sobre este cuestionamiento lo mantiene haciendo campaña sin preocupación, mientras que la máxima entidad en materia electoral sostiene que el partido continúa suspendido. Será la Corte Suprema de Justicia –posiblemente la designada por el mismo PP con la ayuda de Lider– la que decida quién de los dos está equivocado.

El “fraude de competencias” no es una figura legal ni está tipificado como delito en el Código Penal: Es la manera que el magistrado del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Mario Aguilar,  encuentra para definir el fallo emitido por la Sala Quinta de Apelaciones del ramo Civil y Mercantil, por medio del cual dejó sin efecto la suspensión al Partido Patriota (PP) por realizar campaña anticipada.

Constituida en Tribunal de Amparo, esta sala otorgó un recurso interpuesto por la vicepresidenta Roxana Baldetti, que buscaba dejar sin lugar un acuerdo 294-2014 del TSE, en el que la suspendía del puesto de secretaria general del PP. La razón: haber hecho campaña de forma abierta para el partido, a pesar de ser la vicepresidenta del país, durante la concentración masiva llamada por su organización política el pasado 14 de septiembre frente al Palacio Nacional.

La actividad, en la que los patriotas proclamaron a Alejandro Sinibaldi como su candidato presidencial para las elecciones de 2015, también le valió al PP su segunda suspensión de actividades partidarias por un término de seis meses.

El descontento del oficialismo por la resolución llevó a sus miembros a presentar varios recursos. El diputado del PP, Oliverio García Rodas, quien fue designado por el partido para ser el “vocero único” de este tema, asegura que el acuerdo del TSE violó el derecho constitucional de defensa de Baldetti y del PP. “La Constitución nos garantiza el derecho a un debido proceso, y a no ser sancionados sin haber sido escuchados y vencidos en un juicio”, expresa.

Es por ello que hay dos recursos interpuestos ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ), única instancia dentro del Organismo Judicial con la autoridad para revertir una decisión del TSE.

Pero hay dos más: el que resolvió la Sala Quinta y otro promovido ante la Sala de la Corte de Apelaciones del Ramo Penal de Procesos de Mayor Riesgo. García Rodas explica que éstos no se presentaron contra el TSE, sino contra el Registro de Ciudadanos, dada la autoridad de estos tribunales.

Es en ese punto en el que Aguilar identifica un “fraude” en las competencias de las Salas.  El amparo provisional otorgado por la Sala Quinta le ordena al Registro de Ciudadanos “no borrar” a Baldetti como secretaria general del TSE (a pesar de que esta fue una orden expresa en el acuerdo 294). El magistrado resalta que la resolución se dirige contra el Registro de Ciudadanos, a pesar de que esta dependencia no está emitiendo ninguna resolución por cuenta propia, sino que sólo cumple con un trámite.

El 30 de septiembre, al notificar su fallo, la Sala Quinta le dio un plazo de 48 horas al TSE para que ampliara argumentos sobre los motivos de su decisión.

Esa fue la segunda resolución de la Sala. La primera la había emitido el 26 de septiembre, un día después de que el TSE emitiera el acuerdo. En esa primera respuesta, el fallo establecía dejar sin efecto el artículo 2 (el que ordena quitar a Baldetti como secretaria general) del acuerdo del Tribunal.

“Se dieron cuenta de que el error era doble porque allí dejaban sin efecto una resolución nuestra y por eso recibimos la rectificación con la orden al Registro”, explica Aguilar. La resolución que buscaba anular el artículo completo fue aprobada el 26 de septiembre, un día después de la decisión del TSE y contó con un sólo voto disidente, el de la magistrada Claudia Escobar Mejía.

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La resolución que los magistrados del TSE recibieron de la Sala de la Corte de Apelaciones también favorecía al PP y daba lugar a que se le levantara de forma provisional la suspensión. El 2 de octubre, el TSE apeló a ambas resoluciones.

Aguilar indica que el PP cometió un error en el planteamiento de los amparos interpuestos ante la CSJ, ya que los mismos fueron presentados por Baldetti en su calidad de Secretaria General de esa organización, cuando ya estaba suspendida. De momento, asegura, la suspensión del partido y de Baldetti de parte del TSE continúa vigente.

Un tribunal electoral dividido

La primera vez que el TSE suspendió al PP, fue en julio de este año. Diez partidos más corrieron la misma suerte y por el mismo motivo: realizar campaña electoral de forma anticipada. La suspensión se levantó dos meses después. “No entendieron el mensaje que queríamos darles”, lamenta Aguilar, quien asegura que las autoridades electorales buscan “poner orden” porque cada acción que comete un partido provoca una reacción en otro y esto da lugar a incumplimientos.

Pero no todos los magistrados del TSE han estado de acuerdo con esas decisiones, lo cual dejaba ver corrientes distintas en su seno. Quienes se opusieron a la segunda suspensión del PP fueron Rudy Pineda y Jorge Valenzuela. Ambos, con el apoyo de Julio Solórzano, habían alcanzado en julio la mayoría para levantarles la suspensión a los 11 partidos.

En esta segunda ocasión, Solórzano no estuvo con ellos y su voto fue decisivo. Junto a Solórzano y Aguilar, votó Aquiles Linares, quien sustituyó a la magistrada María Eugenia Mijangos.

En los razonamientos de sus votos, Valenzuela y Pineda coinciden en que hay un error en el procedimiento, y el pleno de magistrados no podía actuar de oficio sin haber agotado los trámites legales establecidos: que la Inspectoría del TSE notificara al Registro de Ciudadanos para que esta dependencia decidiera, y que el tema llegara a los magistrados sólo en caso de impugnación.

Valenzuela declara que el PP sí debía ser sancionado por estas acciones, pero no de la forma en que se hizo. En su voto razonado, compara con los casos de Libertad Democrática Renovada (Lider) y Alianza Nueva Nación (ANN), quienes recientemente “realizaron actos similares” a los del PP, pero sus sanciones sí se están evaluando por el proceso que establece la ley.

¿Cometió el TSE un error en el procedimiento?

No, asegura Linares, quien sostiene que la diferencia que el PP representó para el TSE en relación con otros partidos es que la actividad en la Plaza de la Constitución fue tan notoria que les permitió actuar de oficio, sin necesidad de esperar elementos de prueba sobre si esta actividad –a la que el mismo PP asegura que llegaron más de 50 mil personas–, en verdad tuvo lugar.

Ello implica que el impacto que tuvo en medios de comunicación y la afluencia masiva de personas le dificulta al oficialismo decir que la actividad no se realizó, que Sinibaldi no fue proclamado como candidato, y que la vicepresidenta Roxana Baldetti no hizo proselitismo partidario en el evento.

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Las diferencias se manifiestan en decisiones posteriores a la emisión del acuerdo. Valenzuela, por ejemplo, hasta el viernes 3 de octubre negaba haber participado en alguna reunión de magistrados en la que se acordara apelar las decisiones de las Salas, por lo que dudaba de la existencia de estos procedimientos, pese a que Aguilar y Linares aseguran que sí se efectuaron.

Rivales y aliados

Por lo regular en situaciones de este tipo son los partidos políticos rivales los que toman medidas legales para reducirles ventajas a sus contrincantes. Pero este caso la oposición más directa al PP lo representa Lider, el partido cuyo precandidato presidencial, Manuel Baldizón, ha mostrado la mayor intención de voto en las últimas encuestas.

Pero ni el hecho de que su máximo dirigente haya sido calificado por Sinibaldi como “la amenaza para la democracia”, provocó que Lider tomara acción alguna contra el partido oficial y su acto de campaña anticipada.

Eduardo Camey, subjefe del equipode Lider, dice que prefieren mantenerse al margen de estos problemas entre el PP y el TSE, porque es un asunto que no le corresponden directamente a su partido.

En el Congreso, el PP y Lider mantienen una alianza que les permitió pasar sin complicaciones la elección de magistrados para la CSJ y las Salas de Apelaciones. Y aunque el mismo presidente Otto Pérez Molina anunció que este consenso puede mantenerse, Camey negó que sea parte del acuerdo mantener silencio con respecto a las sanciones al PP por la campaña anticipada.

Fuentes en el TSE sostienen que la decisión del PP de interponer los recursos ante salas menores no se trata de un error sino de una medida dilatoria para que cuando el tema llegue finalmente a la CSJ, ésta ya se encuentre ocupada por los magistrados nombrados bajo la coalición Lider-PP, y de esta manera puedan lograr un resultado favorable al partido.

Las sospechas se hicieron más fuertes el pasado 25 de septiembre, cuando la alianza de estos dos partidos le dio la reelección a Hugo Roberto Jauregui, uno de los miembros de la Cámara Penal que resolvió favorablemente para el PP; mientras que Ranulfo Rafael Rojas Cetina, miembro del mismo tribunal, fue electo como magistrado de la CSJ.

En el caso de la Sala Civil, los tres magistrados (Amado de Jesús Guerra Solís,  Héctor Hugo Bran Quintana y Claudia Escobar Mejía) también fueron reelectos. No obstante, la reelección de Escobar Mejía –quien además razonó su voto contra la decisión de la Sala– traería un nuevo revés para este proceso en el negociado entre oficialismo y oposición.

El 5 de octubre, la magistrada Escobar Mejía renunció al cargo en medio de señalamientos  por vicios en el proceso de elección.

Con respecto a las dudas sobre la CSJ que decidirá si el PP incurrió o no en una falta, la organización política prefiere que no se mezclen los temas. “Un tema no tiene nada que ver con el otro y resolverá quien tenga que hacerlo”, responde secamente García Rodas.

Las implicaciones para el PP

Tras su suspensión como secretaria general los directivos del PP debieron reestructurar sus funciones. El único autorizado para dar declaraciones al respecto es Oliverio García Rodas. El argumento en la Vicepresidencia para justificar la negativa era que al estar Baldetti suspendida, no se sabía si incurría en alguna otra falta al hablar sobre un tema partidario.

Eso no impidió que un día después de su suspensión se presentara con un traje anaranjado a un acto público sobre el Monitoreo de la Sequía Prolongada.

La situación tampoco preocupó al resto del partido ni los disuadió de suspender las actividades proselitistas. Al día siguiente de que el máximo ente en materia electoral suspendiera al PP, Sinibaldi continuaba con la campaña en el interior del país y mostró despreocupación por el castigo que se les había impuesto.

“Ellos siguen haciendo campaña aún con el partido suspendido”, expresa Aguilar. Y es posible que sea ese el factor que representa mayor peligro para el PP. El magistrado explica que la revisión sobre el cumplimiento o no de las órdenes del TSE se verán (a menos que la institución pierda el pulso legal) al concluir los seis meses de plazo. Si el desacato a las órdenes fue constante, el resultado puede ser incluso la cancelación del partido.

Pero no es el único. El caso al que Valenzuela hizo referencia al comparar la situación del PP tiene que ver con Lider. El Registro de ciudadanos sancionó a esta agrupación con US$125, también por campaña anticipada; en este caso, en redes sociales.

El magistrado aclara que, si bien la sanción es mínima, el partido dirigido por Manuel Baldizón también enfrenta riesgos. “Se pelean el campeonato. El mes pasado ganó Lider y este que acaba de pasar ganó el Patriota en ser los partidos con más sanciones”, bromea Aguilar.

“Ellos están cavando su propia tumba”, agrega el magistrado, con referencia a que aparte del riesgo de cancelación, enfrentan la posibilidad de suspensiones, con lo cual se les haría muy difícil cumplir con las asambleas municipales y departamentales que preceden a la asamblea nacional de mayo, cuando por fin empezará oficialmente la campaña.

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