En el actual proceso que se desarrolla en el seno de la Organización de los Estados Americanos (OEA), con miras a reformar el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, pero principalmente a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) el proceso ha sido eufemísticamente denominado “fortalecimiento del sistema”. Sin embargo, según el Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española, “fortalecimiento” se refiere a la acción y efecto de fortalecer, es decir, hacer algo más fuerte o vigoroso.
Desafortunadamente no podemos afirmar que la discusión se haya encaminado hacia un genuino fortalecimiento del Sistema, pues algunas propuestas hasta ahora realizadas por los Estados, tienen el objeto de limitar aquellos mecanismos de la CIDH que les resultan incómodos. Muy poco se han abordado los temas relativos a una adecuada implementación de las decisiones de la Comisión y a un más adecuado financiamiento, los cuales sí fortalecerían el Sistema.
A fin de poder contar con una Comisión Interamericana más sólida, se deben tomar en cuenta no únicamente parámetros para hacer más eficientes sus prácticas, las cuales evidentemente son perfectibles, sino también reflexionar y apuntar, tanto al mejoramiento en la implementación de sus decisiones, como al fortalecimiento de su sistema financiero. Al respecto, el Informe Final del Grupo de Trabajo contiene escasas recomendaciones a los Estados y al Secretario General en ese sentido, además de haber sido pobremente abordado en las discusiones que se han llevado a cabo.
Un grupo de Estados buscan ceñir el rol de la CIDH a labores de promoción de índole educativa y de capacitación, argumentando que la CIDH debe dar mayor prioridad a esta labor sobre la de trámite y resolución de casos, pasando de largo la importancia de implementar las decisiones de la CIDH a nivel interno.
En el debate se ha perdido de vista que en el trasfondo de la protección está la promoción de los estándares interamericanos de derechos humanos. Tomando en cuenta que las peticiones individuales son una parte muy importante de la labor de la Comisión, ya que reconocen los reclamos de las víctimas, el largo camino que han recurrido en búsqueda de la justicia que no encontraron en su país, y cuya trascendencia va más allá del caso en concreto, al pretender la no repetición de violaciones similares, se fortalece consecuentemente la legalidad y la democracia en las Américas. Es por ello que se debe procurar una mayor implementación de las decisiones de los órganos, puesto que a través de su jurisprudencia, la Comisión y la Corte, promueven efectivamente los derechos humanos.
Entre las recomendaciones hechas a los Estados en este sentido, el Informe sólo propone la creación de una guía con experiencias exitosas y buenas prácticas sobre la implementación de las recomendaciones de la CIDH y el cumplimiento de las sentencias de la Corte, así como procurar el intercambio de dichas buenas prácticas.
En ese sentido, más allá de los esfuerzos que en materia de intercambio de buenas prácticas puedan realizar los Estados, se requiere una muestra de verdadera voluntad política para aumentar el nivel de cumplimiento de las decisiones. No es suficiente elaborar guías y manuales ilustrativos, es necesario que cada Estado Miembro se comprometa a establecer mecanismos internos para ejecutar las decisiones, impulsar reformas legislativas, y procurar la remoción de obstáculos que le impidan acatar adecuadamente las decisiones de los órganos supranacionales. Cumplir con las medidas de reparación es mucho más que satisfacer aquellas de carácter pecuniario o simbólico. Se debe lograr una verdadera reivindicación de la dignidad humana de aquellos individuos más vulnerables de la sociedad, y adoptar aquellas medidas que eviten la consumación de futuras violaciones.
Por otra parte, los Estados parecen obviar el vínculo existente entre la capacidad financiera de la CIDH y el incremento de sus labores y su eficacia para realizarlas. La realidad y los números muestran que el Sistema Interamericano es el sistema regional de protección de derechos humanos más pobre del mundo, es 12 veces menor que el Sistema Europeo de Derechos Humanos, que el Sistema Africano, que los tribunales internacionales ad hoc e inclusive que la mayoría de las defensorías del pueblo de los países americanos.
Históricamente la OEA ha proveído a la Comisión a través de su Fondo Regular, de un insuficiente presupuesto, por lo que se ha visto obligada a recurrir a fondos específicos provenientes de aportaciones voluntarias y de la cooperación internacional a fin de poder llevar a cabo sus funciones. Lo anterior, parece no agradarles a algunos Estados, puesto que han propuesto la limitación de la capacidad de la CIDH para procurar sus propios fondos, condicionándola a recibir únicamente aquellos que no se hagan con alguna finalidad específica.
A través de su Plan Estratégico 2011-2015, la Comisión Interamericana manifestó sus necesidades financieras con exactitud; al respecto indicó que para 2012 requería US$14’520,000, de los que sólo recibió US$4’779,700 del fondo regular de la OEA. Como consecuencia del proceso de debate iniciado por los Estados, a lo ya manifestado debería añadírsele el costo que implicaría realizar nuevas tareas solicitadas por el Grupo de Trabajo, como la adopción de digestos, guías, informes y otras tareas adicionales, lo que evidencia el enorme déficit de recursos de la Comisión y la irrazonabilidad de cargarla de mayores tareas sin un aumento sustantivo de los fondos.
Si bien la OEA anunció un ‘aumento histórico’ de medio millón de dólares para la Comisión en 2013, dicha cantidad continúa siendo irrisoria. A manera de ejemplo, la CIDH manifestó que anualmente sólo la publicación de informes temáticos le cuesta $885 mil dólares, es decir que el aumento proporcionado, no resulta suficiente ni para cubrir dicho gasto.
Por ello, limitar de una manera u otra la capacidad dela Comisión para procurar su adecuado financiamiento, cuando los Estados no lo están procurando, ocasionaría consecuentemente una limitación y debilitamiento de su trabajo.
En conclusión, es preciso un cambio de visión de parte de los Estados, para entender que el sistema regional de derechos humanos, no pretende vulnerar su soberanía, sino más bien -de acuerdo a la Carta constitutiva de la Organización- promover la observancia y defensa de los derechos humanos en el hemisferio. Por ello, y como bien mencionara Viviana Krsticevic, Directora de CEJIL, en su intervención ante la OEA, cuando un Estado recibe una condena, no debe verse como una pérdida, sino como una ganancia para el estado de derecho y la democracia al reivindicar los derechos humanos de las víctimas. En virtud de ello, la implementación de las decisiones y un adecuado financiamiento deben ser prioridad.
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*Samantha es abogada mexicana por la Universidad Autónoma de Yucatán, LL.M. en Derecho Internacional de los Derechos Humanos y Género por American University Washington College of Law. Premio Claudio Grossman 2012. Actualmente consultora en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL). La autora agradece los comentarios y sugerencias de Alejandra Vicente, abogada senior de CEJIL.
Publicado en Asuntos del Sur, 4 de marzo.
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