Se trata del representante por listado nacional, postulado por el Partido de Avanzada Nacional (PAN), Fernando Linares Beltranena. La iniciativa ha sido respaldada por los diputados Estuardo Galdámez y Jaime Regalado Oliva, entre otros.
Dicha propuesta se centra en promover reformas a la Ley de Reconciliación Nacional, aprobada en cumplimiento de los compromisos asumidos durante la firma de los acuerdos de paz en 1996. Dicha norma establece las condiciones de amnistía para determinado tipo de delitos de orden político y comunes conexos a fin de garantizar las condiciones de reincorporación de los insurgentes alzados en armas a la vida civil. Se trata de regulaciones que forman parte de procesos de pacificación y que tienen como propósito establecer marcos legales de reinserción social a personas que, al haber sido integrantes de organizaciones alzadas en armas, hubiesen incurrido en ilícitos no lesivos a la humanidad.
En el caso de Guatemala, dicha ley establece claramente cuáles delitos pueden ser motivo de prescripción de la persecución penal y cuáles, tipificados en el conjunto de crímenes de guerra o contra la humanidad, no. Estos últimos no solo no prescriben, sino que, en el marco de los compromisos derivados de convenios internacionales suscritos y ratificados por el Estado de Guatemala, forman parte de las obligaciones legales nacionales.
De esa suerte, en cumplimiento del llamado bloque de constitucionalidad, así como en sendas sentencias de la Corte de Constitucionalidad (CC), el Ministerio Público (MP) ha impulsado procesos penales en contra de exfuncionarios responsables de graves violaciones de derechos humanos durante el conflicto armado interno (CAI). También lo ha hecho, en correspondencia proporcional al grado de responsabilidad en los crímenes atribuidos, con exmiembros de la insurgencia armada.
A raíz de la persecución penal, en particular contra altos mandos del Ejército de Guatemala durante el CAI, sectores ligados a estos han impulsado acciones encaminadas a obtener impunidad. Entre otros, han intentado que la CC declare inconstitucional el artículo 8 de la Ley de Reconciliación. Debido a las reiteradas resoluciones del tribunal constitucional contrarias a la intención de los promotores, buscan ahora la modificación de la norma general con miras a eliminar delitos como genocidio, tortura, violencia sexual y desaparición forzada, que hoy por hoy son juzgados en tribunales de justicia.
A eso responde la propuesta del representante del PAN Fernando Linares, quien argumenta, entre otros aspectos, que la fundamentación constitucional responde a una ideología de izquierda: una falacia de quien participó en la Asamblea Nacional Constituyente en un período en el cual no existían organizaciones políticas de izquierda con capacidad legal para formar parte de ella, precisamente por proscripción legal, aunque ilegítima. Es decir, la Carta Magna vigente, que contiene un amplio sentido garantista, no nace de una visión de izquierda, sino de una amplia visión de organizaciones políticas de derecha que integraron dicha asamblea.
Otro de los argumentos del diputado alude a la violación del fuero militar, ya que los exlíderes castrenses son juzgados en tribunales de orden común, y no militar. Sin embargo, dicho fuero fue eliminado tanto constitucional como procedimentalmente en 1994, precisamente en atención a los compromisos asumidos por el Estado guatemalteco en materia de derecho internacional de derechos humanos. De tal suerte, si bien puede ser patada de ahogado esa intención de aprobar normas contrarias a derecho en aras de impunidad, es menester alertar de las intenciones de quienes han sido proclives a esta.
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