A la tribuna de Domínguez han llegado casos de alto impacto en los cuales el criterio judicial aplicado por la togada no siempre parece lógico. Mientras en unos casos envía a prisión a las personas sindicadas sin mayor prueba, en otros, a pesar de la abundante evidencia, encuentra maneras de retorcer sus argumentos a fin de facilitar la libertad de dichas personas.
En la primera forma de administrar justicia, la jueza Domínguez se ensaña con personas defensoras de derechos humanos. Por su sala pasaron para ser enviados a juicio autoridades ancestrales o líderes indígenas como Rigoberto Juárez y Abelino Chub. Concluidos los procesos penales, luego de que los defensores enfrentaran prisión por varios años, el tribunal de sentencia concluyó que no había motivo de persecución: algo que, por supuesto, la jueza encargada de la fase inicial del proceso sabía perfectamente, pese a lo cual resolvió contra derecho a fin de favorecer intereses corporativos contra el liderazgo social. Su razonamiento, como indicaron los defensores, tomó como base la doctrina del derecho penal del enemigo, el cual la jueza Lidia Teresa Juárez Barato —por cierto tía materna de Domínguez— define como «una postura teórica en la dogmática penal, el derecho penal del enemigo, mediante el cual el Estado ya no dialoga con los ciudadanos para mantener la vigencia de la norma, sino que combate peligros».
Otro interés corporativo al cual favorecen las resoluciones de la jueza es el vinculado a crímenes de lesa humanidad. Uno es el caso conocido como Creompaz, relativo al hallazgo de más de 500 cuerpos en terrenos de dicha instalación militar. En este proceso la jueza, pese a la evidencia documentada con los restos humanos y las muestras de ADN, negó los hechos, anuló uno por uno los elementos de prueba y dejó sin juzgar a casi el 90 % de los imputados, todos militares en situación de retiro.
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En fecha reciente, las mujeres del pueblo achi’ que presentaron denuncia por violencia y esclavitud sexual durante el conflicto armado interno recibieron una bofetada legal por parte de Domínguez. Con toda tranquilidad la jueza, a pesar de la evidencia, dejó en libertad a los sindicados, integrantes de las Patrullas de Autodefensa Civil (PAC), estructura que utilizaron para sus crímenes.
Anteriormente, en casos conducidos por la Fiscalía Especial contra la Impunidad (FECI), la jueza también actuó favoreciendo a miembros de las fuerzas armadas o del partido en el Gobierno. Así eliminó el arraigo a Édgar Ovalle, quien merced a ello se fugó. De igual forma canceló la orden de captura, que ella misma había emitido previamente, en contra del militar en activo Erick Melgar Padilla, acusado de parricidio e igualmente prófugo.
Pero ¿cuáles son o podrían ser los asuntos que enlazan a la jueza Domínguez con ciertas conductas en apariencia contradictorias, pero en el hilo de la lógica de la impunidad? Quizá los lazos más sólidos que pueda tener alguien: los vínculos de la sangre ligados a la historia.
Dos tíos por parte de madre, José Rodolfo y Manuel Javier Guerrero Barato, ingresaron de alta a la Policía Nacional en 1975, justo en la época en la que esta institución operaba como agente represor del Estado y realizaba torturas, desapariciones forzadas y ejecuciones extrajudiciales.
La hermana de la togada, Klelia Xiomara Domínguez Guerrero, es una química bióloga que labora para el Ministerio de la Defensa, por lo que ostenta el rango de mayor asimilada. Una tía por parte de madre, Lidia Teresa Juárez Barato, y otros familiares están en la nómina del Organismo Judicial (OJ).
Es decir, la jueza Domínguez no resuelve en forma díscola y contra derecho por ignorancia, poca preparación o descuido. Ella resuelve contra defensores de derechos humanos y en favor de violadores de derechos humanos y de corruptos porque sus lazos la hacen torcer la ley. Un motivo más que sólido para retirarla de procesos en los que su parcialidad nublaría la justicia.
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