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El asentamiento ubicado abajo del puente del Incienso, entre zona 3 y zona 7 de Ciudad de Guatemala, a primera hora de la noche del sábado 11, durante el toque de queda. Simone Dalmasso

Las facturas llegan y Giammattei aún no sanciona la ley que prohíbe el corte de los servicios

«Es necesario que el Presidente sancione la ley. Eso demostrará que las preocupaciones de la sociedad serán atendidas, así como ya se atienden las del sector empresarial”
«Es necesario que el presidente sancione la ley. Eso demostrará que las preocupaciones de la sociedad serán atendidas, así como ya se atienden las del sector empresarial”
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Las facturas llegan y Giammattei aún no sanciona la ley que prohíbe el corte de los servicios

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El presidente Alejandro Giammattei avaló todas las iniciativas del Congreso para hacerle frente a la crisis económica por el COVID19, excepto una: El decreto que prohíbe suspender servicios de agua, luz, teléfono e Internet, mientras dure el estado de calamidad.

El decreto 15-2020 se aprobó en la madrugada del 3 de abril de urgencia nacional. Todas las bancadas, incluida la oficial, votaron a favor de la ley que impide el corte de los servicios básicos por falta de pago. Para que entre en vigencia hace falta un paso: Que Alejandro Giammattei sancione o vete la ley. Más de dos semanas después todavía no se pronuncia.

El presidente tiene 15 días hábiles para decidir. El plazo vence el 28 de abril. Mientras tanto el tiempo pasa, las cuentas corren y la población, afectada por la suspensión de laborales, debe pagar las facturas a fin de mes.

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El decreto 15-2020 no solo contempla una moratoria en el pago de los servicios esenciales, a los cuales tiene acceso buena parte de la población. Según el Censo de 2018, el 73.7% de los hogares tiene tubería de agua, ya sea dentro o fuera de la vivienda; el 88.1% a la energía eléctrica y el 17.26% a Internet.

Además de prohibir el corte de servicios por falta de pago, esta ley también impide la generación de cargos por moras, intereses, gastos administrativos o cualquier tipo de penalización por las facturas vencidas.

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La normativa también establece que las personas que no puedan pagar los servicios podrán suscribir convenios de pago de hasta 12 cuotas por las facturas vencidas, sin aplicar ningún tipo de cargo. Estos pagos deberán iniciar un mes después del final del estado de calamidad pública.

Diputados sospechan que hay presiones

Samuel Pérez, diputado de Semilla, presidente de la comisión del Consumidor en el Congreso, y uno de los ponentes de Ley de medidas adicionales de protección a favor de la población por los efectos económicos provocados por la pandemia del COVID19 (es el nombre extenso del decreto 15-2020), afirmó que la actitud del presidente es preocupante y lamentable.

«No se trata de una medida populista sino de una respuesta a un problema estructural», aseguró Pérez. «Esta iniciativa trata de proteger a la clase media que, ante la crisis económica, puede caer en pobreza o pobreza extrema», dijo.

Según el diputado, el decreto es una de las medidas más urgentes para hacerle frente a los problemas económicos que provocan las restricciones del COVID19. «El hecho de no postergar los pagos cuando empieza a sentirse más fuerte la crisis en salud y en la economía es un error muy grande», afirmó Pérez. «Podemos lograr cero contagios, pero no podemos salvarnos de la crisis económica», puntualizó.

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La diputada Sonia Gutiérrez, jefa de la bancada Winaq, considera que el atraso del presidente en sancionar el decreto 15-2020 es consecuencia de las presiones que recibe de las empresas prestadoras de servicio. «Creemos que hay intereses muy fuertes por parte de las empresas para que el Ejecutivo no sancione la ley», dijo la diputada. Agregó que «el retardo del Presidente evidencia de que hay poca voluntad para asegurar estos beneficios a la población».

Para el diputado Cristian Álvarez, de la bancada CREO, es importante que el presidente Alejandro Giammattei tome una decisión sobre el decreto 15-2020. «Alguna presión ha de tener para no decidirse», afirmó el legislador. «Pero no debe estar jugando con la gente y generando dudas sobre lo que pasará con esa ley», afirmó el diputado.

En una citación realizada por la Bancada UNE, el MInistro de Energía y Minas, Alberto Pimentel, aseguró que, aunque no conoce a detalle el decreto 15-2020, actualmente se realiza un análisis del contenido. «El decreto... adolece de algunas imprecisiones que se podrían corregir con otro decreto». El Ministro cita el artículo que dicta la prohibición para cortar la energía eléctrica, asegura que no establece los rangos de consumo para aplicarlo «si ese decreto se aplica de forma indiscriminada al consumo, el riesgo que nos jugamos como país... es que haya un impago en la cadena de la energía eléctrica». Al salir de la citación el Ministro agregó que estas imprecisiones podrían provocar una acción de inconstitucionalidad.

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Plaza Pública intentó comunicarse con Carlos Sandoval, secretario de Comunicación Social de la Presidencia, para conocer la razón del atraso en la sanción o veto de la ley, pero no respondió a los mensajes ni a las llamadas.

El diputado Maynor Mejía, jefe de bancada oficial Vamos, pero dijo que debía hacer consultas y revisar los documentos para emitir una opinión.

Algunas empresas decidieron no suspender el servicio

El decreto 15-2020 afectaría directamente a empresas como EGSSA, Energuate, Tigo y Claro. Cada una ofrece soluciones propias, aunque ninguna aprueba la suspensión de cobros.

Se consultó a los encargados de comunicación de las distribuidoras de energía eléctrica, EGSSA (que cubre el servicio en los departamentos de Guatemala, Sacatepéquez y Escuintla) y Energuate (a cargo del resto del país).

Ambos evitaron pronunciarse sobre las disposiciones del decreto 15-2020, pero ofrecieron información sobre las medidas que cada empresaha asumido.

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Maynor Amézquita, vocero de Energuate, informó que desde marzo decidieron no realizar ningún tipo de corte en el servicio. Afirmó que todavía no cuentan con información sobre atrasos del pago de las facturas de energía eléctrica.

Ivette Zambrano, de EEGSA, dijo que no suspenderán la energía eléctrica por falta de pago, al menos mientras dure el estado de Calamidad. Además, aseguró que se reestableció el servicio a aquellas personas que ya tenían corte. Pero el beneficio solo fue para los hogares que tenían dos o tres facturas atrasadas.

Las empresas de telefonía también anunciaron algunas medidas mientras dure la emergencia por el COVID19. Tigo y Claro informaron que para sus clientes postpago que no paguen sus facturas, darán una cantidad de minutos y mensajes de texto, pero solo para comunicarse con teléfonos de la misma compañía.

Para los usuarios con servicio tarjetero, o prepago, ambas compañías darán cinco minutos diarios y cinco mensajes de texto para comunicarse con teléfonos de la misma compañía.

En ambos casos ofrecen la navegación gratis en las páginas del Ministerio de Salud y Ministerio de Gobernación. Para los servicios residenciales se mantendrá el Internet con una velocidad reducida y 100 minutos, también para comunicarse con números de la misma compañía.

Claro y TIGO, empresas incluidas entre las empresas de primera necesidad, reanudaron actividades en las tiendas dentro de los centros comerciales.

¿Qué implica la suspensión de pagos de los servicios?

Para Jonathan Menkos, del Instituto Centroamericano de Estudios Fiscales (Icefi), «esta ley puede ayudar a dejar una necesaria certidumbre respecto a que los riesgos adicionales a los que se enfrenta la población son entendidos por el Gobierno».

«Es necesario que el presidente sancione la ley. Eso demostrará que las preocupaciones de la sociedad serán atendidas, así como ya se atienden las del sector empresarial», afirmó el analista.

La perspectiva de Hugo Maúl, del Centro de Investigaciones Económicas Nacionales (Cien), es diferente: permitir el no pago de los servicios básicos generará un efecto en cascada que podrá repercutir en el sistema financiero del país. «Si las personas no pagan sus facturas, las empresas distribuidoras, sobre todo las del servicio eléctrico, no podrán pagarles a sus proveedores y luego éstos a los bancos, con los que tienen préstamos», afirmó Maúl.

Para Maúl, el dinero que el Gobierno trasladará a familias y trabajadores en conceptos de bonos, deben servir para pagar las facturas de los servicios básicos.

Entre los programas del plan de emergencia para atender el tema económico está el Bono Familia, otorgará 1,000 quetzales a 200,000 familias vulnerables durante tres meses, la misma cantidad para comerciantes del sector informal que estén registrados en las municipalidades del país y Q75 diarios a trabajadores cuyos contratos fueron suspendidos por el COVID19.

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La iniciativa 15-2020 contempla una salida ante la falta de liquidez para las empresas que prestan los servicios, pero solo de agua potable. Establece que el CHN podrá otorgar créditos por un monto similar al total de los convenios de pago que se establezcan con los usuarios.

En una de las enmiendas a la ley que aprobó el Congreso, se establece que las empresas de cable también pueden beneficiarse de estos créditos, aún cuando no forman parte de las que tienen prohibición de corte en el servicio.

La ley también incluyó a los centros educativos para que tengan acceso a créditos del CHN para el pago de salarios de su personal, docente y administrativo.

El presidente Alejandro Giammattei tiene 15 días hábiles para sancionar o vetar la ley. El plazo termina a fin de mes. Si no lo hace, entra en vigencia de forma automática. Si la veta, es decir, la rechaza, la ley regresará al Congreso y necesitará de 106 votos a favor para su aprobación definitiva. La primera vez fue aprobada con 140 votos a favor.

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