Incluso, hay quienes de necios siguen insistiendo en preguntarse por qué tenemos leyes y órganos jurisdiccionales especializados para las mujeres. Si, total, la violencia la vivimos todos y las estadísticas indican que numéricamente los hombres la sufren en mayor proporción.
Ante esos comentarios, me voy a permitir hacer algunas anotaciones.
La criminología es una ciencia empírica e interdisciplinaria que se ocupa del estudio del crimen. Como tal, tiende a focalizar su atención en el hecho delictivo y en el agresor. En un enfoque tradicional, la víctima se considera un sujeto pasivo, neutro, que no contribuye en nada al hecho criminal. Posteriormente se planteó que la víctima sí aportaba una enorme cantidad de información, no solo desde su comportamiento individual, sino también desde su relación con el autor del delito. Es así como surge dentro de la criminología el enfoque victimológico, que se ocupa de la víctima y de su relación con el delito.
Cuando se redactó la Ley contra el Femicidio y otras Formas de Violencia contra la Mujer, se buscó incorporar a la ley este enfoque victimológico partiendo de que la violencia que sufren las mujeres es producto de las relaciones desiguales de poder.
Ahora bien, no toda violencia contra la mujer es violencia de género. En nuestra legislación solo se considera violencia de género el daño, la muerte o el sufrimiento físico, psicológico, sexual y económico producido por un hombre en una relación desigual de poder. Esta violencia puede ser ejercida tanto en el ámbito privado (casa y familia) como en el ámbito público (trabajo, colegio, comunidad, iglesia, etcétera). Determinar esa relación de poder es labor de fiscales y jueces, y para hacerlo tendrán que conocer quién era la víctima, qué relación tiene o tenía con el agresor y las circunstancias específicas en que se da el hecho criminal.
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En cuanto a por qué especializar la justicia, solo cabe decir que, desde los romanos, el derecho se bifurcó entre público y privado. A partir de entonces la justicia ha ido especializando su quehacer. De ahí el surgimiento de distintos ramos: civil, penal, laboral, familiar, contencioso administrativo. Y más recientemente surgieron especialidades de segunda generación, como niñez y adolescencia, violencia de género y pueblos indígenas, entre otros. Estos últimos fueron creados para garantizar derechos humanos y proteger a grupos vulnerables.
La violencia contra los hombres ha sido y seguirá siendo atendida por todo el sistema de justicia. Su violencia no es invisibilizada. En cambio, los derechos de las mujeres eran constantemente vulnerados. A la mujer-víctima se le juzgaba por su forma de vestir y de comportarse. Antes de ser sujeto era objeto. Antes que víctima era culpable. Este fenómeno de sentirse invisible ante la ley, de ser objeto, de ser culpable, no lo viven los hombres adultos.
La Ley contra el Femicidio se hizo para garantizarles a todas las mujeres una vida libre de violencia. Una violencia que vivimos a diario en todos los ámbitos, edades, etnias y clases sociales. Una violencia que tiene ver con relaciones desiguales de poder, en las que el hombre se siente con derecho de maltratarnos, humillarnos, agredirnos y hasta matarnos.
Culpar a una mujer que fue brutalmente asesinada es tan absurdo como culpar a los judíos por el Holocausto. Antes incluso de saber si fue femicidio, lo cual tendrá que dictarlo un juez, debemos guardar respeto por ella y sus familiares. Ningún ser humano merece morir por ser mujer, por su religión, por su orientación sexual, por su raza o por su ideología.
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