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La idoneidad para elegir las cortes

Excluir a quienes tengan objeciones (no cumplan los artículos 113 y 207) en ningún momento viola la presunción de inocencia, como maliciosamente algunos quieren argumentar.
Tipo de Nota: 
Opinión

La idoneidad para elegir las cortes

27 de Mayo de 2020
Palabras clave

La última sentencia de la Corte de Constitucionalidad (CC) profundiza en aspectos en los que la sociedad civil ha venido insistiendo desde hace bastante tiempo: en que los funcionarios (judiciales o de otra índole) deben llenar ciertos requisitos para ostentar los cargos públicos.

Esta vez la CC se refiere a los nombramientos de la Corte Suprema de Justicia y de la Corte de Apelaciones en medio de una elección amañada (como todas), pero en la cual se constataron anomalías demasiado evidentes alrededor del operador Gustavo Alejos, quien coordinaba a comisionados, candidatos, jueces, magistrados y diputados con el fin de nombrar a cortes como traje sastre para los presos del Mariscal Zavala.

Esta vez, ante el caso Comisiones Paralelas 2, el cual fue desta...

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