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Impuesto de Primera Matrícula

Impuesto de Primera Matrícula

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Cuando el Grupo Promotor del Diálogo Fiscal elaboró el proyecto de reforma fiscal, se esperaba que fuera la reforma al Impuesto a la Primera Matrícula (Iprima) la mejor herramienta para mejorar la recaudación en el país. Sin embargo, los cálculos del Instituto Centroamericano de Estudios Fiscales (Icefi) apuntan a que el resultado final es mucho más débil.

La aprobación de la Ley no es suficiente para que esta parte de la Ley de Actualización Tributaria entre en vigencia. Debe aprobarla antes el Consejo de Ministros de la Integración Económica Centroamericana (Comieco).

 
Cálculo del Impuesto de Primera Matrícula
 
Tipo de Vehículo:  
Vehículos de turismo y demás vehículos o automóviles diseñados principalmente para el transporte de personas con capacidad hasta de cinco personas incluido el conductor, con o sin tracción en las cuatro ruedas, de competencias deportivas, tricimotos y cuadriciclos.
Carros fúnebres.
Vehículos con capacidad de transporte de seis a nueve personas, incluido el conductor, incluso con tracción en las cuatro ruedas, tres o cuatro puertas laterales, piso plano y compuerta o puertas traseras.
Vehículos automóviles para transporte de diez o más personas, incluido el conductor.
Vehículos con tracción en las cuatro ruedas y caja de transferencia de dos rangos incorporada.
Ambulancias y camiones de bombero.
Vehículos especiales para el transporte de personas en campos de golf y similares.
Volquetes automotores diseñados para utilizarlos fuera de la red de carreteras.
Tractores, incluidos los tractores (cabezales) de carretera.
Vehículos automóviles para transporte de mercancías con carga máxima inferior o igual a 2.5 toneladas.
Vehículos automóviles para transporte de mercancías con carga máxima superior a 2.5 toneladas.
Vehículos con cisternas, frigoríficos, y recolectores de basura.
Vehículos automóviles para usos especiales, excepto los concebidos principalmente para transporte de personas o mercancías (por ejemplo: vehículos para reparaciones, auxilio mecánico, camiones grúa, camiones hormigonera, vehículos barredera, vehículos esparcidores, vehículos taller, vehículos radiológicos).
Vehículos híbridos y eléctricos para el transporte de personas, mercancías, frogoríficos, cisternas, recolectores de basura o usos especiales.
Motocicletas (incluidos los ciclomotores, bicimotos) y velocípedos equipados con motor de émbolo (pistón) alternativo de cualquier cilindrada.
 
  Valor consignado en la factura original, emitida por el vendedor en el exterior:
 
TOTAL A PAGAR
Q. 0.00