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El Congreso se apresta a aprobar leyes para reprimir y criminalizar la protesta social

En noviembre, la Comisión de Gobernación le dio dictamen favorable, una semana antes de los bloqueos de carreteras que organizó Codeca.
El diputado ponente, asegura que el objetivo de la sección de ciberterrorismo son los hackers de sitios oficiales o de la banca, así como los operadores de los net centers.
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El Congreso se apresta a aprobar leyes para reprimir y criminalizar la protesta social

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La normativa criminaliza tanto a manifestantes y opositores políticos como a pandilleros que dañen patrimonio económico, o la integridad de las personas, por un conjunto variopinto de motivos. Expresiones escritas o verbales que sean interpretadas como intimidatorias a particulares o autoridades son tan punibles como acciones violentas con fines criminales. Algunos analistas coinciden en que ya existen leyes vigentes para dispersar los bloqueos de carreteras que hacen innecesario emitir legislación nueva.

El Congreso de la República tiene entre manos una iniciativa de ley que mantiene en alerta a activistas de derechos humanos. Es un texto cuya definición de acto terrorista es una sombrilla tan amplia que cubre desde intimidar y atemorizar a “la población o (un) sector de la misma”, hasta privar de la vida y dañar el cuerpo (de otra persona), sin especificar las circunstancias; atentar contra la salud, libertad y seguridad “de las personas o del patrimonio, afectando edificios públicos, vías o medios de comunicación o de transporte de cualquier índole”, y emplear cualquier armamento o material “capaz de causar estragos o grave perturbación del orden público, la tranquilidad y paz social, con fines económicos, ideológicos, políticos, militares, religiosos y/u otros”. Eso es sólo el literal a) del artículo 4.

El dirigente del Comité de Desarrollo Campesino (Codeca), Neftalí López, considera que con la iniciativa se intenta criminalizar cualquier manifestación en defensa de los derechos de la población. López cree que es un mecanismo de defensa de los diputados vinculados al denominado “Pacto de Corruptos” para protegerse de cualquier acusación que conlleve consecuencias legales. López se refiere a los decretos que los diputados votaron el 13 de septiembre del año pasado, para beneficiar a los procesados por actos de corrupción y financiamiento electoral ilícito, sobre los que tuvieron que dar marcha atrás dos días después ante el rechazo popular y masivas protestas que bloquearon los accesos a la sede Congreso de la República.

Silvio Gramajo, periodista y catedrático, especialista en temas de acceso a la información, advierte que la iniciativa de ley podría tener la grotesca intención de acallar las protestas y evitar la crítica.

La Iniciativa 5239, Ley Contra Actos Terroristas, la propuso Carlos Napoleón Rojas Alarcón, diputado de Unión del Cambio Nacional (UCN), y miembro de la Comisión de Gobernación. Entre los trece miembros de la Comisión de Gobernación, que emitió un dictamen favorable y la presentó al pleno, diez lo firmaron. El diputado ponente aseguró que no se pretendía limitar ninguna libertad y que no se trata de “una ley mordaza”. Asegura que cuando sea aprobada en tercera lectura, “se revisará para evitar ambigüedades”. El diputado ponente fue uno de los parlamentarios que aprobó las reformas al Código Penal en septiembre de 2017, que dio origen al denominado “Pacto de Corruptos”. Es hijo de Napoleón Rojas Méndez, exmiembro del disuelto Estado Mayor Presidencial (EMP), sentenciado en 2014 a cinco años de cárcel por un desfalco de Q120 millones del Ministerio de la Defensa, en el gobierno de Alfonso Portillo (2000-2004). En 2016, la sentencia fue anulada por supuestos vicios en el proceso, y Rojas Méndez fue beneficiado con libertad condicional, en espera un nuevo juicio.

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Entre los miembros de la Comisión de Gobernación que firmaron el dictamen aparece José Domingo Trejo De la Roca, de Escuintla y del oficialista Frente de Convergencia Nacional (FCN). Trejo perdió su inmunidad en 2016 al estar sindicado de estafa y acumular deudas desde hace 15 años. También figura Sofía Jeanetth Hernández Herrera, de Huehuetenango, integrante de la Alianza Ciudadana (AC), que en 2017 perdió su inmunidad después que el gobernador de ese departamento, Mauselio Hiram Martínez, la acusara de presionarle para pagar obras inconclusas o no realizadas.

El dictamen también lo firmaron Jaime Octavio Lucero Vásquez, de la bancada de UCN, presidente de la Comisión de Gobernación; Jorge Leonel Arévalo Canales, de Quiché y del Movimiento Reformador (MR); Christian Gabriel González, diputado de San Marcos, del FCN; Juan Carlos Salanic García, de la Unidad Nacional de la Esperanza (UNE); Luis Enrique Hernández Azmitia, del MR, y Juan Adriel Orozco Mejía, de FCN.

Sandra Patricia Sandoval González, diputada por Jutiapa de FCN, quien también firmó el dictamen, sostiene que “el espíritu de la ley es bueno”, aunque no respondió preguntas acerca de las ambigüedades señaladas en la iniciativa. “La violencia en Guatemala es insoportable pues, entonces, como diputada, el sentir es legislar en beneficio de las mayorías del país”, dijo. “Si hay enmiendas que hacer, porque (el contenido) viola la libertad de expresión, habría que hacerlas”.

Represión a falta de gobernanza

Carmen Aída Ibarra, directora ejecutiva de la Coalición Movimiento Pro-Justicia, afirma que los legisladores intentan “criminalizar” a potenciales adversarios políticos, aprobando una ley para reprimir a falta de gobernanza: un espacio de interacción entre gobernantes y gobernados para solucionar problemas. Que la iniciativa incluya una definición que abarca hechos violentos que cometen pandilleros, junto a medidas como el bloqueo de carreteras por manifestantes, sugiere que varios diputados pretenden utilizar el derecho penal para reprimir expresiones ciudadanas, señala Ibarra.

López agrega que con esta iniciativa se pretende utilizar el derecho penal para acallar cuestionamientos genuinos de la sociedad al Estado. “No hay que ver la (iniciativa) de manera aislada, sino en función de la articulación de la coyuntura y del Pacto de Corruptos”, dice el dirigente de Codeca. “La mayoría de los diputados, cuestionados por (esa razón), ven el escenario de lucha social, y están tratando de minar posibles acciones del movimiento social”. La activista de derechos humanos y co-representante del grupo de protesta civil La Batucada Brenda Hernández coincide en que la iniciativa no es un tema aislado y que vulnera el derecho de asociación y organización. Álvaro Montenegro, del movimiento Justicia Ya, está de acuerdo con que la iniciativa pretende inmovilizar a la ciudadanía en el contexto de la lucha contra la corrupción.

Simone Dalmasso

El pasado 23 de febrero se cumplió un año desde que la iniciativa se presentó al pleno del Congreso. En noviembre, la Comisión de Gobernación del Legislativo le dio dictamen favorable, una semana antes de los bloqueos de carreteras que organizó Codeca, los segundos del año, para exigir la renuncia del presidente Jimmy Morales.

La iniciativa pasó por el pleno en primera y segunda lectura o debate, sin pena ni gloria. Según la oficina de relaciones públicas del Congreso, no hay registros de votación en esta fase, y todavía no está en agenda para la tercera lectura. La diputada Nineth Montenegro, de Encuentro por Guatemala (EG), asegura que objetará el contenido en ese momento. El diputado Dorian Taracena, de EG, fue uno de los tres de la Comisión de Gobernación que no firmó el dictamen favorable.

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Óscar Argueta Mayén, diputado de la UNE, quien tampoco firmó el dictamen, aseguró que su partido se opone a dicha iniciativa, y que, en caso sea aprobada por el pleno, presentan un recurso ante la Corte de Constitucionalidad (CC) por considerar que viola varios artículos de la Carta Magna.

Tampoco firmó el dictamen María Stella Alonzo Bolaños, diputada independiente. No lo hizo, explicó, porque necesitaba más tiempo para analizarlo.

Definiciones ambiguas de terrorismo

En noviembre pasado, el diputado Taracena de EG dijo que las definiciones en la iniciativa son demasiado amplias, al grado que las manifestaciones y paros podrían ser considerados delitos. “Había que tipificar exclusiva y textualmente qué es lo que se va a entender como terrorismo”, declaró

El dictamen define el terrorismo como “el tipo de control o dominio que se alcanza por medio del pánico o terror, el cual se infunde a través de actos de violencia con el ánimo de causar miedo para coaccionar o presionar a un gobierno o a su población”. Bajo este concepto, la activista Hernández afirma que son los diputados quienes pretendían sembrar terror en la población al garantizarse impunidad. Afirma que, con la iniciativa, también pretenden infundir temor para reprimir los movimientos sociales de protesta. “Ellos, (los diputados), son los terroristas”, dice.

La iniciativa agrega que los “actos de terrorismo son también todos aquellos actos ejecutados por grupos del crimen organizado (para) infundir terror en la población, (…) acciones delictivas que van desde el asesinato y la extorsión hasta atentados dirigidos en contra el transporte terrestre, marítimo o aéreo de personas, en los cuales incluso se han utilizado explosivos artesanales y armas antipersonales”. El texto invoca los atentados terroristas de septiembre de 2001 en EE.UU. y alude a los ataques al transporte público que se han registrado en el país.

Al Procurador de Derechos Humanos, Jordán Rodas, le inquietan en particular los artículos 4 y 24 de la iniciativa. “Esos dos artículos los veo con preocupación, (y) que se pretenda legislar bajo un tema con muchos adeptos: la lucha contra el terrorismo, pero se nota la intencionalidad de coartar los derechos y la libertad de los ciudadanos”, afirma Rodas. Además, agrega, “no es una legislación prioritaria que soluciona el problema; tipificar no es la solución. Se necesitan medidas más serias que permitan resultados a corto, mediano y largo plazo, y no sólo salir con la bandera” contra el terrorismo.

Las pandillas, el único blanco

Pese a la ambigüedad en algunas porciones del texto de la iniciativa de ley contra actos terroristas, el dictamen afirma que pretende combatir la violencia de gran escala, particularmente de las pandillas, en el contexto de casos de extorsión al transporte colectivo. También refleja el contenido de la solicitud de ministro de Gobernación, Enrique Degenhart Asturias, al Congreso de tipificar a las pandillas como terroristas.

Una iniciativa con ese propósito, la Ley contra la instigación para delinquir, también conocida como “ley antimaras”, ya ha sido conocida en segundo debate en el Congreso. El ponente fue el diputado Felipe Alejos Lorenzana, del partido Todos, y se diferencia de la Iniciativa 5239 en que para castigar hechos violentos vinculados a extorsiones se enfoca específicamente en las maras y pandillas y no alude a otros grupos. Según la propuesta de Alejos, comete el delito de terrorismo “quien (para) alterar el orden público o constitucional, coaccione a una persona que preste servicios públicos”. Fue aprobada con dictámenes que firmaron todos los miembros de las comisiones de Gobernación y de Defensa Nacional (incluyendo Stella Alonzo, que, como miembro de la Comisión de Gobernación, no firmó el dictamen que favorece la iniciativa 5239). Alejos, quien pertenece a la Comisión de Defensa, actualmente enfrenta un proceso de antejuicio por la presunta comisión de tráfico de influencias y cohecho activo.

Simone Dalmasso

“Para nosotros es una ley muy positiva”, dice Alejos. “Hemos visto situaciones complicadísimas como cuando lanzan una bomba en un bus y lesionan a decenas de guatemaltecos, o cuando rescatan a un marero en el hospital nacional (Roosevelt), hieren a varias personas, y hay muertos, entre ellos, un bebé. Estas acciones deben ser catalogadas como terrorismo”.

La diputada Montenegro dice que la Ley Contra el Crimen Organizado y los artículos 391 y 398 del Código Penal ya establecen claramente qué es un acto terrorista, y hacen innecesaria nueva legislación. Sin embargo, Alejos agregó que las penas de cárcel triplican lo estipulado en la Ley de Crimen Organizado (seis a ocho años) en cuanto a asociación ilícita, y las aumenta en dos terceras partes si se utilizan explosivos (la iniciativa establece penas de seis a doce años). “Esto es una estrategia regional, no sólo de Guatemala; viene desde EE.UU.”, dijo. “Creemos que este castigo severo puede reducir este tipo de actividades terroristas, aunque a la vez que se deben mejorar las condiciones de educación, salud y desarrollo económico; le estamos dando herramientas al Ministerio de Gobernación para que pueda desarticular a estos grupos y se les pueda dar un castigo ejemplar”.

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Alejos advirtió que esta iniciativa ha sido confundida con la 5239, y que no se pretende coartar ninguna libertad a la ciudadanía. “El derecho constitucional a manifestarse va por encima de una ley ordinaria, entonces en ningún momento se está tratando de limitar el derecho de expresión de nadie”, señaló. Añadió que el ministro de Gobernación se comprometió a enviar sus observaciones a la comisión de Defensa.

Otras justificaciones del dictamen

La Comisión de Gobernación sustentó el dictamen favorable de la iniciativa 5239 en hechos violentos cometidos por las pandillas. Sin embargo, también se apoyó en los argumentos que el sector privado esgrime respecto a las pérdidas millonarias generadas por el bloqueo de carreteras por manifestantes. El sector privado estima en unos Q50 millones sólo en un día de bloqueos.

La iniciativa se sustenta además en los casos de vidas perdidas cuando personas que necesitan atención médica urgente no pueden llegar al hospital, sea en una ambulancia o vehículo particular, por los bloqueos. En este sentido, Ibarra razona que la iniciativa es innecesaria porque ya hay leyes vigentes que, si fueran aplicadas, podrían remediar las consecuencias de los bloqueos para la economía, o la integridad de las personas. “Eso requiere la puesta en práctica de leyes que ya existen y facultan a la Policía Nacional Civil (PNC) para desalojar manifestantes, aunque no lo hace porque ello podría implicar el uso de la fuerza y acabar en violencia”, afirma.

Ibarra se refiere a disposiciones en el Reglamento de Tránsito y el Código Penal que garantizan el libre paso, y a que la CC ha resuelto que la fuerza pública lo debe garantizar. Rodas añade que el Congreso debería retomar la Ley de Orden Público, que data de 1975, cuyas reformas ya tienen un dictamen favorable de la CC —aunque esta solicitó algunas modificaciones—.

La activista señala que el Estado también puede garantizar el derecho de locomoción al buscar vías alternas, cuando conoce de antemano que habrá un bloqueo. La solución no puede incluir interrumpir la manifestación pacífica porque, según Silvio Gramajo, la Constitución garantiza el derecho de protesta. El artículo 33 reconoce el derecho de reunión pacífica y sin armas, y ordena que “los derechos de reunión y de manifestación pública no pueden ser restringidos, disminuidos o coartados”. El artículo establece que “la ley los regulará con el único objeto de garantizar el orden público”, y que “para el ejercicio de estos derechos bastará la previa notificación de los organizadores ante la autoridad competente”.

Los diputados que apoyan la iniciativa también pretenden proteger los intereses de los grupos empresariales, según López, el dirigente de Codeca. “El planteamiento es en función de los grupos que dañen la propiedad privada”, dice. “Pero ¿qué pasa con los empresarios que dañan la propiedad social? Al final, el gran mensaje es detener la lucha social”. No obstante, la alusión del daño a la propiedad privada ya estaba contenida en un decreto legislativo de 2005 y el Acuerdo Gubernativo 86-2006, con las reformas al artículo 391 del Código Penal, Decreto 17-73. La diferencia ahora, según el dirigente, es que los diputados tienen un mayor interés en callar las críticas y las acusaciones porque están acusados de hechos de corrupción.

Antonio Malouf, presidente del Comité Coordinador de Asociaciones Agrícolas, Comerciales, Industriales y Financieras (Cacif), también señaló que bastaría cumplir las leyes vigentes en el país. “No conocemos la (iniciativa de) ley y, de momento, no tenemos una posición institucional sobre ella”, indicó Malouf. Sin embargo, agregó, “hemos insistido en que hay normas que se deben estar cumpliendo”. Hace un año, el Cacif presentó una acción de amparo ante la CC para pedir a las autoridades impedir los bloqueos en las carreteras.

Señalan criminalización de libertad de expresión

No hace falta buscar minuciosamente la intención detrás de los artículos 24 y 25, según Gramajo. El artículo 24, por ejemplo, bajo el título “Terrorismo Cibernético y medios de comunicación”, establece que incurre en ciberterrorismo quien, con fines “económicos, políticos, religiosos, ideológicos, militares y/o cualquier otro, utilice medios de comunicación, tecnologías de información, electrónica o similar” para infundir temor, alarmar o intimidar a la población, o compeler a un Estado o Gobierno, u organismo nacional o internacional”, violando “la libre voluntad de las personas”. Contempla una pena de prisión de 10 a 15 años. Si las acciones causan cualquier tipo de daños, incluyendo a equipos, programas o información contenida en los mismos, la pena de prisión es de 15 a 30 años.

El artículo 25, acerca del “uso ilegal de información”, ordena el castigo de 10 a 15 años de prisión para quien “valiéndose de cualquier medio, obtenga, intercepte o copie información de cualquier naturaleza”, que se use para cometer los delitos que esta ley establece. Es decir, el texto abre la puerta para procesar a cualquier usuario de las redes sociales, sean periodistas o no, si el fin del contenido es interpretado como político y su intención se califica como atemorizante, alarmante o intimidante para la población. Hernández afirma que las radios comunitarias también podrían ser un blanco. Para Gramajo, los artículos tienen dedicatoria a los medios de comunicación en el título, con la firma de los diputados que integraron el “Pacto de Corruptos”. Varios de los protagonistas manifestaron opiniones adversas hacia los medios de comunicación. Además, el contenido incluye una forma de censura previa, antes de cualquier expresión, que prohíben el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, el artículo 35 de la Constitución, la Ley de Libre Emisión del Pensamiento, según Gramajo. “La censura previa, de la que hay pocos casos, es inconstitucional”, afirma.

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Gramajo destacó que los ponentes de la ley se intentan blindar contra las críticas y los señalamientos en las redes sociales, que cobraron auge como un medio efectivo para la convocatoria a las manifestaciones masivas. “Quieren evitar una encerrona como la del 15 de septiembre” del año pasado, dice en alusión al Pacto de Corruptos. Un artículo que quizá pretende evitar esa situación es el 18 (Capítulo VI) respecto a la toma de rehenes que, según Hernández, define a cualquier grupo involucrado en ello como terrorista, a propósito de la “encerrona” que menciona Gramajo.

Rojas, el diputado ponente, asegura que el objetivo de la sección de ciberterrorismo son los hackers de sitios oficiales o de la banca, así como los operadores de los net centers que incurran en acoso o en generar temor. Aseguró que no persigue limitar la libertad de expresión. “Si lo que se busca es acallar voces, hay que tener mucho cuidado”, advierte Montenegro. “Ciertamente hay mucho net center y cuentas falsas en redes sociales, pero es parte de la misma convivencia en democracia, y no es con una ley de este tipo que se van a resolver estos problemas. Nosotros no apoyamos esa iniciativa, ni lo vamos a hacer en tercera lectura”.

La Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) se pronunció a finales de febrero respecto a su preocupación por que la propuesta “pueda restringir libertades de prensa y expresión al penalizar delitos de opinión”. Según Gramajo, basta observar qué ha sucedido con la Ley de Pánico Financiero para advertir qué sucedería con una Iniciativa de Ley como la de la Ley Contra Actos Terroristas. Según el Código Penal, comete el delito de Pánico Financiero “quien elabore, divulgue o reproduzca cualquier medio o sistema de comunicación, información falsa o inexacta que menoscabe la confianza de los clientes, usuarios, depositantes o inversionistas”.

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Ya existe la referencia de la injustificada criminalización de dos periodistas en Izabal por su cobertura de la contaminación del Lago de Izabal, presuntamente causada por la empresa Pronico: Jerson Xitumul Morales (capturado en noviembre pasado y actualmente en libertad condicional) y Carlos Choc. Aunque sus casos debieron ser enviados a un tribunal de imprenta, un juzgado giró la orden de aprehensión en su contra por los delitos de amenazas, instigación a delinquir, asociación ilícita, reuniones y manifestación ilícitas, daños y detenciones ilegales. El relator especial para la libertad de expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Edison Lanza, señaló que la captura “es incompatible con la Libertad de Expresión”.

A las iniciativas de ley les espera un proceso de aprobación que depende de la agenda parlamentaria y, de ser presentados amparos, de un análisis de la CC. El abogado constitucionalista, Alejandro Balsells, considera que la iniciativa de la Ley Contra Actos Terroristas es “una herramienta para reprimir”, y la iniciativa de la ley antimaras un “absurdo”. Para la tercera semana de marzo, las iniciativas todavía no estaban en la agenda del Congreso.

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