Dichos abogados presentaron un documento en el cual solicitaban a la Corte de Constitucionalidad declarar inconstitucionales los artículos 5,7, y 8 de dicha ley. Los argumentos se basaban en que los artículos mencionados violentaban el artículo 1 de la Constitución, el cual se refiere a la Protección a la Persona. Según el criterio de García Ramos y sus abogados, estos tres artículos dejaban a los hombres en una posición vulnerable, sin ninguna protección, y coloca a las mujeres en una posición de superioridad. La Corte de Constitucionalidad otorgó al equipo de García Ramos una vista pública para conocer su petición, la cual se realizó el pasado miércoles 5 de octubre. Como tercer interesado participó la Fiscal Paz y Paz, en representación del Ministerio Público.
Durante esta audiencia, ambas partes presentaron sus posturas. García Ramos manifestó que ellos buscaban regular la igualdad y prevenir que los hombres fueran sujetos a acusaciones sin fundamentos, que según ellos se daba en la mayoría de casos relacionados con el femicidio. Por la parte contraria, la Fiscal Claudia Paz y Paz declaró que la mujeres en Guatemala siempre han estado en una posición de peligro y desigualdad, por lo tanto estos artículos le otorgaban la protección necesaria y que la “acción de inconstitucionalidad solo representa el temor al valor que ha cobrado la mujer en los últimos años”.
Los temas del femicidio y feminicidio siempre han sido razón de debate, no solo en nuestro país sino en el resto de Latinoamérica, y la intensidad del debate sube cuando los gobiernos intentan tipificar este delito e integrar normativas legales para penalizarlo. La principal razón del debate siempre nace por la preocupación de algunos que al tipificar el delito e incorporarlo a la normativa legal, se crea una situación de desigualdad en el sistema de justicia. Sin embargo en países como Guatemala, en donde se violan sistemáticamente los derechos de la mujer, al ser constantemente sujeta a la violencia por su género, el Estado se ve en la necesidad de implementar recursos legales como la Ley contra el Femicidio para protegerlas.
En muchos casos, el rechazo a este tipo de legislación nace por la ignorancia al delito y sus características. Según la abogada chilena y experta en el tema, Patsilí Toledo, el femicidio debe contemplar todo crimen en contra de la mujer ya sea en el ámbito público o en el privado. La Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, ratificada por Guatemala, establece que el femicidio es “la violencia contra la mujer cualquier acción o conducta basada en su género que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual y psicológico tanto el ámbito público como en el privado”. Está claro que el femicidio comprende características únicas que el homicidio normal no contempla y por lo tanto es necesario aplicar acciones específicas para combatirlo.
El documento que presentaron García Ramos y su equipo ante la Corte estaba cargado de lenguaje machista y discriminatorio, en el cual hacían valorizaciones sobre las condiciones del hombre como ser supremo a la mujer. Dicho planteamiento se desvió de las argumentaciones legales para invocar pasajes y alusiones bíblicas que sujetaban a las mujeres a roles arcaicos y opresores dentro de sus espacios públicos y privados. Los ponentes, al referirse al artículo 5 el cual contempla la Acción Pública, señalaron que era imperativo proteger la familia y su derecho a privacidad y por lo tanto este artículo destruía este concepto y el núcleo familiar. Sin embargo esta apreciación irresponsable solo fomenta nuestra persistente cultura de silencio y no denuncia, la cual solo alimenta la impunidad en el sector justicia.
Es ridículo que estos abogados manifiesten que la mayoría de casos condenados gracias a la Ley de Femicidio sean sin fundamento, lo cual deja en desprotección al hombre, ya que según estudios la mayoría de casos relacionados con la violencia contra la mujer no son reportados por el miedo a las consecuencias. Según los datos del Ministerio Público, solo en 2010 se reportaron más de 400 casos relacionados con el femicidio y, sin ir muy lejos, esta semana en los medios se reportaron dos casos. A pesar que la Corte de Constitucionalidad dictaminó sin lugar la petición de estos personajes, es importante que reflexionemos como sociedad, ya que la actitud de estos refleja la de muchos y la persistencia de un sistema patriarcal. Nuestra sociedad tiende a desvirtuar al feminismo, cuando este concepto no busca la supremacía de la mujer sobre el hombre sino que simplemente es la lucha por la equidad de género.
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