Bonos, dietas o cómo aumentar el sueldo de forma legal: Q7.6 millardos destinados a complementos discrecionales

Para los diputados del GOP el Instituto Nacional de Electrificación (INDE) es una de las instituciones que más paga en concepto de dietas.
«Hay funcionarios que reciben muchas dietas y no hay un control. Eso da para establecer criterios de conveniencia que se convierten en discrecionales»
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Bonos, dietas o cómo aumentar el sueldo de forma legal: Q7.6 millardos destinados a complementos discrecionales

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Ilustración: Gabriel Serrano
Gráficos: Dénnys Mejía
Infografía: Suandi Estrada
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El cheque de fin de mes de un funcionario puede crecer como la espuma gracias a las dietas. Esos pagos que reciben por participar en reuniones de instituciones donde tienen representación. Algunas van desde 2,000 quetzales por sesión hasta superar los 5,000 quetzales. En el Congreso las escasas iniciativas que se han presentado para regular la Ley de Servicio Civil no han prosperado.

Salario base, bonificación profesional, complemento personal, gastos de representación, bono de eficiencia administrativa, bono 66-2000 y dietas son parte de las remuneraciones a las que tiene derecho quien llegue a la jefatura del Ministerio de Finanzas Públicas.

El titular de la cartera gana Q55 mil 313 mensuales, pero como también tiene representación en otras instituciones -la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), el Banco de Guatemala, el Crédito Hipotecario Nacional y la Alianza Pública Privada- su remuneración aumenta en Q385,944.00, según consta en varios documentos enviados al Grupo Parlamentario de Oposición (GOP) así como en el portal de transparencia del Ministerio de Finanzas. Sumado el sueldo y las dietas, el encargado de las finanzas públicas recibió más de Q1 millón el año pasado.

Los bonos y dietas pueden ser un botín para funcionarios públicos, con poco control y en muchos casos discrecionalidad en su uso, resultan un sobre sueldo legal, del que muchas veces se abusa.

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El bono se fija a los puestos con el objeto de reconocer características que los diferencian de los demás cargos; mientras que el complemento es el reconocimiento de las cualidades personales - méritos académicos - de quienes ocupan las plazas. Las dietas son un pago que se realiza por formar parte de las juntas directivas, consejos directivos, cuerpos consultivos, comisiones, comités asesores y otros de similar naturaleza, se pagan por sesión realizada y están decretadas en el artículo 48 de la Ley Orgánica del Presupuesto.

La Ley de Consolidación Salarial en su primer artículo detalla que el Gobierno de la República, sus entidades descentralizadas y autónomas y las municipalidades, deberán de considerar como parte integrante del salario de los trabajadores públicos, cualquier otra forma de remuneración o prestación económica. La Ley de Servicio Civil en su artículo 70, agrega que los servidores públicos «deben ser remunerados con base en un sistema que garantice el principio de igual salario por igual trabajo, prestado en igualdad de condiciones, eficiencia y antigüedad», sin embargo, en la práctica eso no ocurre.

La misma Ley Orgánica del Presupuesto señala que la fijación de dietas es autorizada por un acuerdo gubernativo, previo que sea dictaminado por el Ministerio de Finanzas Públicas, pero de esta disposición se exceptúan las entidades que son autónomas y que se rigen por sus propias normas.

Por ejemplo, la Ley Orgánica de la SAT, indica que el directorio de la institución, ya sean los titulares o suplentes, así como asesores ocasionales, percibirán una dieta por cada reunión a la que asistan. El monto está regulado en el reglamento interno que en su artículo 21 decreta  que será de Q2,500. El mismo procedimiento ocurre con la Junta Monetaria, en donde también participa el titular de finanzas, en 2021, lo percibido por el ministro en esta junta fue entre Q16 a Q18 mil mensuales.

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Las dietas más jugosas

Para los diputados del GOP el Instituto Nacional de Electrificación (INDE) es una de las instituciones que más paga en concepto de dietas. El año pasado a los integrantes del Consejo Directivo que suman 22 personas (titulares y suplentes) se les pagó por sesión realizada Q3,500, en total fueron Q4.7 millones erogados en este renglón. Para este año según el reporte de Sicoin, tienen asignados más de Q5 millones.

El caso se repite también en el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS), en el que sus 17 miembros titulares y suplentes de la Junta Directiva recibieron en dietas un total de Q3.2 millones. Para este año tienen una asignación que asciende a Q5.1 millones.

Al igual que la SAT, Banco de Guatemala, el INDE, el IGSS y cada una de las instituciones que pagan dieta están regidas por sus normas internas.

Las municipalidades no son la excepción, solo en 2020 pagaron en concepto de dietas por «cargos representativos» Q410.9 millones. El Código Municipal establece que los cargos de síndico y concejal son de servicio a la comunidad, por lo tanto, de representación gratuita, pero podrán ser remunerados por el sistema de dietas y por cada sesión completa a la que asistan.

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En 2022 el concejo municipal de Quetzaltenango aumentó el monto de las dietas de Q 696.87 a Q999.87 y en abril a sus 20 integrantes se les pagó bajo este renglón un total de Q540 mil 830.44.

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Para el actual ejercicio fiscal las dietas para las 77 entidades autónomas del gobierno central, cargos representativos, secretarías y otras dependencias del Estado, así como los ministerios tienen una asignación que supera los Q100 millones, pero es el Organismo Legislativo quien paga más por este rubro, ya que tiene asignado Q32 millones, pues cada diputado recibe Q9 mil 600.

No solo el artículo 78 de la Ley Orgánica del Presupuesto justifica el pago de dietas. El Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala lo describe como un renglón que pertenece al grupo cero y que es una retribución por servicios personales prestados en relación de dependencia o sin ella.

Dicho manual divide las dietas en: cargos representativos, dirigida a pagos al Organismo Legislativo y otras entidades, cuyos cargos son obtenidos con base en elección directa o indirecta; gastos de representación en el interior, el cual es pagado a funcionarios civiles y militares con servicio en el interior del país; y por último los gastos de representación en el exterior, que aplica al mismo grupo de civiles y militares.

En el caso de las municipalidades, el artículo 253 de la Constitución Política, habla sobre la autonomía municipal y que dentro de sus funciones le corresponde obtener y disponer de sus recursos y el 262 de la misma ley constitucional agrega que todas las relaciones laborales de funcionarios y empleados de las municipalidades se normarán por la Ley de Servicio Municipal.

El Código Municipal, en su artículo 44 indica que estos recibirán remuneración por el sistema de dietas por cada sesión completa a la que asistan, agrega en el siguiente párrafo que los alcaldes y secretarios tendrán derecho a iguales dietas que las establecidas por los demás integrantes del concejo.

En el artículo 17, la Ley de Servicio Municipal, establece que cada uno de los miembros devengarán dieta por sesión celebrada, serán cuatro sesiones y el monto de cada una será fijada por la Secretaría Ejecutiva de la Junta Nacional, las cuales no deben de exceder de Q5 mil conforme la capacidad financiera.

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Bonos y más bonos

Además de las dietas están los bonos. El Congreso de la República aprobó en el Presupuesto General de la Nación de este año un monto de Q7 mil 99 millones para: bonos complementarios, destinado a empleados públicos de los tres grupos de contratación de personal.

El Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala contempla los complementos o bonos por: antigüedad, calidad profesional, específicos, por transporte y diferencial cambiario.

El renglón de complementos específicos al personal permanente corresponde a las remuneraciones adicionales al sueldo derivados de la emisión de decretos, acuerdos, suscripción de pactos colectivos de condiciones de trabajo y otras disposiciones legales. Sicoin reporta que para este rubro existe un monto de Q5 mil 900 millones.

Para que tenga efecto este renglón de bonos o complementos salariales, según la Onsec previo a su aprobación, la institución que busca implementarlo tiene que cumplir con nueve requisitos que van desde la solicitud de la autoridad nominadora, hasta el monto propuesto que pretende aplicarse.

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Sin control

En septiembre del año pasado, diputados de la bancada Winaq presentaron a la Dirección Legislativa una iniciativa de ley para regular el pago de dietas a los integrantes de los Concejos Municipales. El proyecto fue enviado a la Comisión de Asuntos Municipales del Congreso en donde se le dio dictamen desfavorable, ya que la Asociación Nacional de Municipalidades (Anam) y los representantes de las Asociaciones Departamentales de alcaldes manifestaron su desacuerdo al argumentar que esto viola su autonomía municipal.

Para los legisladores del bloque, sumar el pago de dietas al salario del alcalde es nocivo para las instituciones «puede llegar incluso a considerarse como un enriquecimiento ilícito personal, daña las economías locales municipales y las nacionales», según explicó la diputada ponente del proyecto, Sonia Gutiérrez, actualmente no existe ningún control de las dietas, agregó que por ello se presentó dicho documento para comenzar con una regulación con los alcaldes y concejos municipales.

«Hay funcionarios que reciben muchas dietas y no hay un control. Eso da para establecer criterios de conveniencia que se convierten en discrecionales», reiteró la congresista. Dijo que es fundamental revisar el artículo 78, establecido en la Ley Orgánica del Presupuesto pues les permite hacer un despilfarro de los recursos.

Ricardo Barrientos del Instituto Centroamericano de Estudios Fiscales (Icefi) señala que existe una dispersión de la normativa y esto genera una discrecionalidad de las entidades porque estas dietas terminan siendo recetadas por los mismos funcionarios. El analista considera que esto tiene que ver con las dificultades estructurales en el actual sistema de Servicio Civil.

«Esta situación la debería de resolver la Onsec», agregó Barrientos. Dijo no estar de acuerdo con el pago en el caso de las dietas porque básicamente es un sobre sueldo el que recibe el funcionario, solo que de forma legal.

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En diciembre de 2019, Alejandro Giammattei, electo como presidente de la República, se reunió con diputados de diferentes bancadas y presentó varias iniciativas de ley en cinco áreas, las cuales indicó en su momento que se iban a discutir y aprobar en 18 meses, dentro de estas estaba reformar la Ley de Servicio Civil, aparentemente para mejorar la efectividad del Estado. A la fecha, no ha presentado ninguna iniciativa al respecto

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Iniciativas engavetadas

En los últimos 12 años, según el registro de iniciativas de ley, en la Dirección Legislativa del Congreso se han entregado tres proyectos para modificar algunos artículos de la Ley de Servicio Civil. La última fue entregada por los diputados Aníbal Samayoa y Marvin Alvarado quienes proponen una ley para «modernizar» la actual norma.

Los congresistas plantean que la Oficina Nacional de Servicio Civil - actualmente es un órgano ejecutivo - debería tener carácter de entidad estatal descentralizada con autonomía funcional, financiera, técnica y administrativa. En su proyecto proponen que esté integrada por una Junta Nacional representada por el titular y suplente del Ministerio de Trabajo, Ministerio de Finanzas y del Congreso de la República.

Otro de los cambios propuestos es la obligatoriedad de todo servidor público de estar registrado en el Sistema de Nómina y Registro de Personal (Guatenóminas). La oficina será responsable de publicar cada 31 de diciembre un censo de trabajadores el cual deberá de tener el nombre del trabajador, puesto, institución, salario y demás datos necesarios.

Regularía el tema de salarios para servidores, funcionarios y empleados públicos comprendidos en los servicios de oposición y sin oposición. Además, agrega un artículo del Código de Trabajo relacionado al tema del pacto colectivo. La iniciativa pasó a las comisiones de Legislación y Puntos Constitucionales y de Trabajo.

En 2015, los entonces congresistas Pedro Gálvez y Carlos Mejía, entregaron un proyecto de reformas también al Código Civil, estos van enfocados a agregar nuevos principios, clasificar a los servidores públicos, responsabilidad de funcionarios e integración y organización de la Junta Nacional de Servicio Civil. En 2010, Roberto Alejos, presentó otra propuesta con la que pretendía crear la Secretaría Nacional de Servicio Civil, así como la integración de la Junta Nacional de Servicio Civil. Ambas pasaron a comisiones y quedaron engavetadas desde entonces.

Barrientos concluye que existe un enorme desorden del servicio civil en Guatemala. «Cada entidad casi discrecional establece este tipo de remuneraciones (dietas y bonos)», esto debe estar estandarizado.

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