De allí que la independencia de poderes entendida y ejercida como tal, representa una herramienta valiosa para la ciudadanía, pues teóricamente conforma el sistema de pesos y contrapesos erigidos para impedir la comisión de abusos por parte del Estado.
El tribunal constitucional o Corte de Constitucionalidad (CC) se concibe como el ente superior en la garantía de esa independencia y tiene como función la vigilancia del respeto a la carta magna. Responsabilidad que trasciende la mera interpretación de uno de los más de 280 artículos que la integran y que obligan a la CC a tener como eje de interpretación y resolución, el respeto a los derechos humanos, base fundante de nuestra carta magna.
Para poder cumplir con esta misión, quienes integran la CC tendrán que evidenciar ante la sociedad que su actuación es y será independiente y al margen de cualquier interés sectorial. Para ello, se trata de dar paso a un deber hasta ahora incumplido y que por lo tanto, debe construirse: garantizar la independencia en sus actuaciones.
El cimiento de este edificio lo constituye la obligada transparencia por parte de magistrados y magistradas. Misma que inicia con la presentación de sus respectivas declaraciones patrimoniales puestas a disposición del público. Declaraciones que año con año, mientras dure su mandato, deberán hacer siempre de cara al escrutinio social, a fin de establecer que su patrimonio ha permanecido sin contaminación.
En los casos de los magistrados reelectos por la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y el Congreso, Roberto Molina Barreto y Alejandro Maldonado Aguirre, respectivamente, la obligación es presentar públicamente sus declaraciones desde el primer año de su llegada a la CC en el período que ahora culminan. De concretarse sin opacidad, este ejercicio redundará en condiciones efectivas para la fiscalización ciudadana del desempeño de los y las jueces constitucionales y abonará en el respeto y respaldo a la institucionalidad democrática, hoy por hoy, más deteriorada que el puente El Incienso.
Ahora bien, con esto no es suficiente. La credibilidad podrá reconstruirse y, mejor aún, sostenerse si hay otros pasos importantes que le demuestren a la sociedad la disposición de los magistrados y magistradas, a servir en y no servirse de su alta investidura.
De manera que, todos y todas quienes integren la CC, deberán hacer una renuncia pública y efectiva al ejercicio privado de su profesión, mientras dure el período para el cual se les ha designado como magistrados constitucionales. Este compromiso es esencial por cuanto hasta estos días, magistrados como Francisco Palomo —para citar un ejemplo— han litigado en privado y han tenido que ver —en su calidad de magistrados— con resoluciones relativas a los procesos que litigan en sus bufetes. Es decir, en un acto evidente de ética en orfandad no han tomado distancia cuando se encuentran frente a un claro conflicto de intereses y, peor aún, utilizan su magistratura para violentar la Constitución y servir a intereses deshonestos.
En estas condiciones, rescatar el respeto social ante el máximo tribunal del país sólo será posible en la medida en que las y los magistrados actúen con transparencia y den señales claras de acción proba e independiente de intereses y poderes económicos, políticos o de otra naturaleza.
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