Este diálogo entre una sexoservidora y su cliente, es posible que sea algo común en estos días. La expansión del VIH/SIDA ha puesto en alerta a muchos, particularmente, los usuarios regulares de estos servicios.
Se fueron al cuarto y cuando estaban teniendo relaciones, el hombre decide que no quiere seguir con el condón. Argumentando falta de sensibilidad y falta de costumbre, decide sacarse el preservativo y continuar con el acto. Seguramente, este evento también puede ser común en estos días en muchos países, y posiblemente, lo que se esperaría es que la mujer acceda por necesidad del billete, o por miedo a que el hombre se moleste y le haga un daño mayor.
Sin embargo, esta dama con gran valentía y coraje se niega a continuar sin protección y decide dar por concluida la sesión. El tipo se enoja, la agrede física y verbalmente. Ella se escapa y se va directo a la oficina del Ministerio Público a poner una denuncia en contra de su cliente. A partir de este momento, se termina con lo común y normal y se comienza a escribir una historia diferente para esta mujer y para Guatemala.
El caso se lleva a juicio como un delito de violencia sexual. Según la Ley de Femicidio y Otras Formas de Violencia Contra la Mujer, aprobada por el Congreso de la República en febrero del 2008, se considera violencia sexual todas aquellas acciones que humillen sexualmente a la mujer, la prostitución forzada y la negación del derecho a hacer uso de métodos de planificación familiar, o a adoptar medidas de protección contra enfermedades de transmisión sexual.
El juicio es conocido por el Tribunal de Sentencia Penal de Delitos de Femicidio y Otras Formas de Violencia Contra la Mujer del departamento de Guatemala, creado por la Corte Suprema de Justicia en octubre del 2010.[1] Las juezas que conocieron el caso, salvaguardaron el derecho de esta mujer a protegerse y dictaron sentencia en contra del agresor.
No es la primera vez que pasa. El año pasado se dictaron 763 sentencias en delitos establecidos en la Ley contra el Femicidio, de las cuales, un 46% fueron dictadas por estos seis Órganos Penales Especializados.[2] De enero a mayo de este año, han ingresado 424 casos y se han emitido 150 sentencias.
Guatemala es el primer país en Latinoamérica en reconocer y penalizar la violencia contra la mujer tanto en el ámbito privado como en el público.[3] Gracias a esto, fue posible garantizar el derecho de la sexoservidora a protegerse con el uso del condón.
Verdad es que aún falta mucho por hacer para lograr una justicia pronta y cumplida, sin embargo, se está avanzando con paso firme. El próximo agosto se abrirán nuevos juzgados y tribunales de femicidio para los departamentos de Huehuetenango y Alta Verapaz, y se incrementará el número de juzgadores para Guatemala.
Hay quienes siempre verán el vaso medio vacío, en cambio, yo soy de las que lo ven medio lleno.
[1] En esa misma fecha se crearon Juzgados de Primera Instancia y Tribunales de Sentencia en Delitos de Femicidio y Otras Formas de Violencia Contra la Mujer en los departamentos de Guatemala, Chiquimula y Quetzaltenango.
[2] En total son seis órganos especializados, los cuales tienen competencia territorial en los departamentos de Chiquimula, Guatemala y Quetzaltenango.
[3] Nicaragua aprobó recientemente una Ley de Femicidio y Violencia Contra la Mujer, que se basa en la de Guatemala y por tanto, sanciona la violencia en el ámbito público y privado.
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