La Ley Orgánica de la SAT establece que el Presidente de la República puede remover al Superintendente si no cumple las metas anuales de recaudación tributaria establecidas en un convenio entre el Organismo Ejecutivo y la SAT (literal g del artículo 29). Dice además que las metas se establecen tomando en consideración: a) las cifras de recaudación tributaria del año anterior; b) la situación de la economía; y c) el presupuesto.
En pocas ocasiones una norma legal vincula tan directamente el mundo “técnico” (la estimación de las metas), con el “político” (la posibilidad de remover un funcionario). Recientemente el Icefi explicó a profundidad la perspectiva técnica de la controversia sobre la recaudación tributaria en 2012: el presupuesto de ingresos tributarios está sobreestimado en Q 1,526.3 millones, porque incluyó la aprobación de las reformas legales al secreto bancario y una estimación optimista de la recaudación adicional realmente esperable en este año por la aprobación de la reforma tributaria.
El Superintendente tiene razón al decir que la SAT no recaudará el monto incluido en un presupuesto de ingresos sobreestimado, punto explicitado en una cláusula del convenio entre el Ejecutivo y la SAT. Sin embargo, el Ministro de Finanzas Públicas y Presidente del Directorio de la SAT, le salió al paso al Superintendente indicándole que, pese la sobreestimación, las metas sí se deben alcanzar. Acá el ministro también tiene razón, porque hizo ver que se trata de metas, no estimaciones, y que aún cuando hay una sobreestimación en el presupuesto, se espera un esfuerzo por parte de la SAT, por lo que procede pedirle al Superintendente un plan de acciones de fiscalización que puedan generar recursos adicionales y cerrar la brecha presupuestaria. Después de todo, esa es la principal tarea de la SAT y el superintendente.
Esta visión es recogida en la ley, porque precisamente las metas son el referente respecto al cual se mide el desempeño de la SAT y del Superintendente. Lo que la Ley Orgánica omitió en los factores a considerar en las metas fue precisamente el esfuerzo administrativo por mejorar la recaudación, el cual debe incorporarse mediante una reforma legislativa. Reforma que ahora el Congreso tiene la gran oportunidad de lograr con la iniciativa de ley 4461, la cual incluye reformas a la ley orgánica de la SAT y que está próxima a dictaminar.
Ahora bien, hasta acá todo el asunto se enmarca en una discusión mayoritariamente técnica: el Superintendente con lo que puede recaudar, y el Ministro con la necesidad de ingresos para financiar el presupuesto.
Sin embargo, es con la reacción oportunista de la Vicepresidenta que el asunto se ha politizado, y ha sufrido una pérdida preocupante de seriedad. La señora Baldetti pareciera estar viendo una oportunidad para cobrar venganza por no haber podido nombrar a su gusto a la persona responsable de la codiciada Intendencia de Aduanas. Además de confirmar su apetito voraz por controlar instituciones estatales, la Vicepresidenta demuestra un profundo desconocimiento del trasfondo técnico del problema. Al no diferenciar entre estimación presupuestaria de ingresos y meta de recaudación, se limita a amenazar al Superintendente con removerlo del cargo.
Un debate serio incluye criterios técnicos que aseguren que la meta es realista y se puede alcanzar (lo cual la ley actual sí considera), pero por otro lado debe incluir un factor de esfuerzo adicional exigible al funcionario responsable (que la ley no incluye hoy y que debiera incluirse). Estoy es muy distinto a querer apoderarse de la institución para manipularla politiqueramente.
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