Luis Mack

El horizonte futuro de la Reforma Electoral

Los impulsores y defensores de la propuesta de reforma electoral del 2013 piensan que ésta representa un gran avance, mientras que los detractores dicen que el alcance de la misma es muy limitado y por tanto, que solamente se trata de reformas cosméticas. ¿Quién tiene la razón?

La experiencia de reformas electorales en otros países demuestra que todo depende del lente o perspectiva particular con la que se analicen los cambios, ya que el universo de los posibles cambios y las áreas sujetas de modificaciones son tantas, que es imposible valorar de uno en uno los cambios.

Un pequeño ejemplo al respecto: los sectores que impulsaron el cambio al artículo 212 de la LEPP,[1] podrían pensar que pese a que la normativa no se redactó de una forma correcta para garantizar el espíritu de la misma, al menos el tema de cuotas ya será parte de la lógica del sistema, por lo que podría pensarse que este cambio fue un gran avance.

Desde una óptica general, sin embargo, podríamos considerar como ambiguo este cambio, en el sentido que la normativa vigente y sus reformas apenas avanzaron en fortalecer y democratizar institucionalmente a los partidos políticos, por lo que el proceso de postulación de candidatos y candidatas seguirá garantizando que solo un reducido número de personas con recursos económicos suficientes, puedan acceder a este beneficio, lo que impediría que se avance realmente en la agenda de inclusión de los sectores a quienes cada candidato o candidata deberían representar.

Lo que hay que entender, entonces, es que para discutir cambios futuros a la LEPP, hay que visualizar tres elementos, intrínsecamente relacionados:

  • Integralidad: Los procesos de reforma electoral se asemejan al funcionamiento de una maquinaria compleja: no se puede modificar una parte, sin considerar el funcionamiento del todo. En ese sentido, la discusión de los cambios particulares debe darse en el contexto de una discusión considerando el todo de la ley. Esto, para evitar contradicciones, vacíos e interpretaciones antojadizas de la ley.
  • Gradualidad. Entendiendo que las reglas determinan una correlación determinada de fuerzas, es indispensable establecer horizontes temporales de cambio: un mínimo de reformas factibles de introducir, y un techo de reformas deseables de debatir.
  • Progresividad. Aunque la llamada “ingeniería electoral” ha avanzado mucho, todavía hay muchas áreas grises, plenas de debate, sobre el efecto concreto de cada reforma en particular. Eso significa considerar las reformas como parte de un proceso continuo de perfeccionamiento.

Más allá del debate de que si la actual reforma es buena o mala, hay que entender que la democracia se perfecciona en un largo proceso de prueba y error, ya que los cambios al sistema siempre serán el producto contingente de las fuerzas políticas que han intervenido en su adecuación, lo que garantizará siempre habrá necesidad de realizar ajustes a los cambios realizados.



[1] Grupos de sociedad civil que se articularon en un movimiento llamado “Grupo 212”, para identificar su principal reivindicación, el artículo que pretendían cambiar.


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