Cuando se aprobó la Ley de Actualización Tributaria el Congreso incluyó enmiendas que, aunque tenían intenciones buenas, resultaron en errores. Luego, gobierno y Cacif negociaron en una mesa técnica las correcciones.
Producto del trabajo de esa mesa técnica, el Ejecutivo presentó la iniciativa de ley 4701, la cual el viernes pasado se aprobó de urgencia nacional como el Decreto 19-2013. De los 30 artículos aprobados, 19 son técnicamente correctos y justificados porque efectivamente corrigen errores cometidos en la aprobación de la reforma tributaria. Sin embargo, lamentablemente los 11 artículos restantes son técnicamente equivocados (uno está mal redactado), proponen privilegios fiscales cuestionables o, lo peor, “legalizan” delitos.
Por ejemplo, los beneficios que para sus trabajadores otorgan empresas como los ingenios azucareros o las mineras se deducirán en un 100% del ISR, no al 50% como lo había establecido la reforma tributaria. Esta medida desacredita estos beneficios como responsabilidad social empresarial, ya que al dejar de pagar ISR se le quitan recursos al Estado para darlos a los trabajadores: es un esfuerzo del Estado y no de la empresa. Una medida cuya legitimidad podemos discutir, pero no su legalidad. Es un privilegio que el Congreso puede otorgar legalmente, por mucho que a algunos no nos guste.
Por otro lado, el Decreto 19-2013 permite un mecanismo de subfacturación de proyectos inmobiliarios (artículo 35 “A” de la ley del ISR). Con esta medida, el Congreso autorizó a los constructores y compradores de condominios y apartamentos de lujo en carretera a El Salvador, o en las zonas 10 y 14 de la capital a pagar IVA, IUSI e ISR (es decir, facturar) sólo el 70% del valor de las propiedades, en tanto que el 30% restante se “lava” como acciones, exentas de ISR y no afectas al IVA y el IUSI, de una “empresa” dedicada a proveer y mantener servicios de lujo comunes como cines, gimnasios, piscinas, canchas, restaurantes, business center, etc., todo dentro del edificio o condominio. Todo esto porque los desarrolladores de estas viviendas suntuosas no están vendiendo como ellos esperaban, y ante esto el Congreso legisló para que sus precios puedan bajar mediante fraudes fiscales y legales, y así ser más “competitivos.”
¿Qué tal? ¡El Congreso otorgó permiso a un sector para cometer los delitos de defraudación tributaria, simulación y lavado de dinero! De hecho, en años anteriores varios desarrolladores fueron denunciados por la SAT y enfrentan procesos penales por operar en este esquema, situación de la cual están muy conscientes sus asesores legales.
Esta acción es doblemente imperdonable porque cuando semejante aberración legislativa era sólo una escandalosa propuesta, se hicieron advertencias y propuestas técnicas para que ese sector de constructores encontrara apoyo estatal para solucionar sus problemas de mercado, sin evadir impuestos ni violar la ley.
Una vuelta más en el trágico círculo vicioso de la impunidad en Guatemala. La voz del poder bruto, ciego e inconsciente se impuso en el Congreso y ordenó desechar las soluciones técnicas, prevaleciendo los privilegios injustos, ilegales e ilegítimos. El poder de garrote y la miopía prevaleciendo sobre el Estado de Derecho y la legalidad.
Así que quizá debiésemos poner menos atención a la aprobación de un préstamo (que de todas formas ya estaba presupuestado), o a la no aprobación del presupuesto 2014. En mi opinión lo importante es que el Congreso acaba de aprobar ante nuestras narices un gravísimo permiso para que un sector (no necesariamente el más necesitado de Guatemala) pueda con impunidad evadir impuestos y violar las leyes.
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