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Consulta previa

“La consulta es previa y en ese sentido tiene una función preventiva frente a potenciales agresiones y conflictos”
Tipo de Nota: 
Opinión

Consulta previa

25 de Octubre de 2013
Palabras clave

La doctora María Clara Galvis, colombiana, experta en Derecho Internacional sobre Derechos Humanos, acompañó recientemente al IARNA-URL en una serie de jornadas con múltiples actores nacional para debatir acerca de las “Consultas a los Pueblos interesados” establecidas en el Convenio 169 sobre pueblos indígenas y tribales de la Organización Internacional del Trabajo –OIT– y en la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas donde se reconoce, además, el disfrute de todos los derechos establecidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948.

Dice la doctora Galvis que al ratificar el Convenio 169 en el año 1996, Guatemala se adhiere al Derecho Internacional, es decir, las decisiones en esta materia están sujetas a los juicios de la comunidad internacional. En síntesis, al ratificar el Convenio 169 de la OIT, los países declinan su deseo de tratar el asunto como se les ocurra.

En otros Derechos protegidos por el Convenio 169, se incluye el de la Participación y dentro de éstos está incluida la “con...

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